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Plazo para la DJ Anual sobre cuentas financieras relacionadas con no domiciliados

Mediante la Resolución Exenta No. 54 de 2021, el Servicio de Impuestos Internos del Gobierno Chileno, ha dispuesto la ampliación del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual sobre cuentas financieras relacionadas con personas residencia tributaria en el extranjero.

Cabe precisar que, mediante la Resolución Exenta SII Nº 48 de 2018, se estableció la obligación de presentar la DJ Anual citada anteriormente, la cual, conforme a lo dispuesto por el artículo 62 ter del Código Tributario, debe realizarse hasta el día 30 de junio de cada año.

Asimismo que, este Servicio en uso de sus facultades, por razones de buen servicio y a fin de otorgar el máximo de facilidades a los contribuyentes, ha estimado conveniente ampliar el plazo fijado para la presentación de la «Declaración Jurada anual sobre Cuentas Financieras Relacionadas con Personas con Residencia Tributaria en el Extranjero».

En este sentido, se dispone la ampliación hasta el día 31 de agosto de 2021, del plazo para presentar «Declaración Jurada anual sobre Cuentas Financieras Relacionadas con Personas con Residencia Tributaria en el Extranjero».

Fuente: Servicio de Impuestos Internos 02/06/21

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