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SUNAT establece Declaración contra la evasión y elusión de Impuestos

Esta medida complementaria al Decreto Legislativo No. 1372 y su reglamento permitirán que más quince mil contribuyentes informen sobre la identidad de sus beneficiarios finales

¿Qué Declaración se tiene que presentar?

La Declaración Jurada Informativa Formulario Virtual No. 3800 – Declaración del Beneficiario Final a partir del 01 de diciembre del 2019.

¿Cuáles son las etapas para presentar esta declaración?

Primera Etapa:

Empezará por las personas jurídicas o entes jurídicos que tengan la calidad de principales contribuyentes (PRICOS) al 30 de noviembre de 2019. Su cumplimiento se realizará en las fechas de vencimiento establecidas para las obligaciones tributarias de liquidación mensual correspondiente al periodo tributario de noviembre 2019.

Segunda Etapa:

Busca contribuir a la lucha contra la evasión y la elusión tributaria se implementará mediante nueva resolución de superintendencia que SUNAT establecerá próximamente.

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