Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000128-2021/SUNAT, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria modificó la Resolución de Superintendencia Nº 279-2019/Sunat que designa emisores electrónicos del sistema de emisión electrónica.
1. Postergación
Según lo expuesto, la normativa en cuestión estableció que, la designación de nuevos emisores electrónicos según ingresos anuales obtenidos al 31 de diciembre de 2019 será;
Monto de ingresos anuales |
Fecha a partir de la cual debe emitir comprobantes de pago electrónicos |
Operaciones comprendidas |
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Factura electrónica y notas electrónicas |
Boleta de venta electrónica y/o ticket POS y notas electrónicas |
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Mayores o iguales a 75 unidades impositivas tributarias. (UIT) |
1.1.2021 |
1.1.2021 |
Todas aquellas operaciones por las que corresponde emitir facturas o boletas de venta.
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Mayores o iguales a 23 UIT y menores a 75 UIT. |
1.1.2022 |
1.4.2022 |
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Menores a 23 UIT. |
1.4.2022 |
1.6.2022 |
Fuente: El Peruano 31/08/21