Se elimina la Inmunidad Parlamentaria

8 de febrero de 2021

Mediante Ley N°31118, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se modifica el artículo 93 de la Constitución Política del Perú, en cuanto a la inmunidad parlamentaria, de acuerdo a lo siguiente:

  • Artículo 93.- Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.
  • No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas.
  • El procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia”.

Modificación al Reglamento del Congreso

El congreso deberá adecuar su Reglamento en un plazo máximo de 30 días calendario.

Fuente: El Peruano 08/02/21

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