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Cambios en el CT en materia de Precios de Transferencia

El Poder Ejecutivo emitió el DL N° 1528, por el cual se modifica el Código Tributario. Uno de los cambios corresponde a las resoluciones sobre precios de transferencia.

El Poder Ejecutivo ha emitido el DL N°1528, por el cual se modifica el Código Tributario (CT) con el objetivo de optimizar los procedimientos. En ese sentido, se produjeron cambios en el artículo 125 y 146 en materia de precios de transferencia

Respecto al artículo 125 del CT, se establece que en las resoluciones emitidas como consecuencia de la aplicación de las normas de precios de transferencia o de la Norma XVI del Título Preliminar, el plazo para ofrecer y actuar las pruebas es de cuarenta y cinco (45) días hábiles.  

En relación al artículo 146 del CT, las apelaciones de resoluciones emitidas como consecuencia de la aplicación de las normas de precios de transferencia, el plazo para apelar es de treinta (30) días hábiles siguientes a aquél en que se efectuó la notificación. 

Fuente: Diario El Peruano 07/03/22

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