La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha dispuesto la prórroga excepcional del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte Local correspondiente al ejercicio gravable 2025, una medida de especial relevancia para los contribuyentes sujetos al régimen de Precios de Transferencia en el Perú.
La disposición fue establecida mediante la Resolución de Superintendencia N.° 113-2026/SUNAT, publicada en el Diario Oficial El Peruano, y responde a la necesidad de adecuar el Formulario Virtual N.° 3560 a las recientes modificaciones normativas introducidas en la legislación de Precios de Transferencia.
Nuevo plazo para la presentación del Reporte Local
De acuerdo con la resolución emitida por SUNAT, la presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte Local correspondiente al ejercicio 2025 deberá realizarse en las fechas de vencimiento previstas para las obligaciones tributarias del período octubre de 2026.
Esta prórroga excepcional se debe a que la Administración Tributaria viene implementando ajustes en el Formulario Virtual N.° 3560 con el objetivo de incorporar los cambios normativos recientemente aprobados y garantizar una adecuada recopilación de la información requerida
Relación con las modificaciones en Precios de Transferencia
La ampliación del plazo guarda relación con las modificaciones incorporadas al numeral 7 del inciso e) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, referidas a los métodos de valoración aplicables a las operaciones realizadas entre partes vinculadas.
Como consecuencia de estos cambios, SUNAT requiere adecuar sus herramientas informáticas para permitir una correcta declaración de la información y facilitar la evaluación de las operaciones sujetas al principio de plena competencia.
¿Quiénes están obligados a presentar el Reporte Local?
El Reporte Local constituye una de las principales obligaciones formales dentro del régimen de Precios de Transferencia y tiene como finalidad proporcionar a la Administración Tributaria información detallada sobre las operaciones realizadas con partes vinculadas o con sujetos residentes en jurisdicciones de baja o nula imposición.
La obligación de presentar esta declaración informativa recae en los contribuyentes que cumplan los criterios establecidos por la normativa vigente, considerando tanto los niveles de ingresos como la realización de operaciones comprendidas dentro del ámbito de aplicación de las reglas de Precios de Transferencia.
Por ello, resulta recomendable que los contribuyentes evalúen oportunamente sus operaciones intercompañía y verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos por SUNAT para determinar la obligación de presentar el Reporte Local.
Implicancias para los contribuyentes
Si bien la prórroga representa un alivio en términos de cumplimiento formal, no modifica las obligaciones sustanciales derivadas del régimen de Precios de Transferencia. En consecuencia, los contribuyentes deberán aprovechar este plazo adicional para revisar la consistencia de sus análisis económicos, validar la documentación de respaldo de sus operaciones vinculadas y asegurar que la información reportada se encuentre alineada con las disposiciones vigentes.
Asimismo, las empresas que formen parte de grupos multinacionales deberán verificar la coherencia entre la documentación local y la información contenida en otros reportes de Precios de Transferencia, fortaleciendo así su posición frente a eventuales procesos de fiscalización.
La decisión de SUNAT de prorrogar la presentación del Reporte Local 2025 responde a la necesidad de adecuar el Formulario Virtual N.° 3560 a los recientes cambios normativos en materia de Precios de Transferencia. Esta medida brinda a los contribuyentes un plazo adicional para preparar y validar la información requerida, sin alterar las obligaciones sustanciales previstas en la legislación peruana.
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