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Modifican temporalmente las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo

Mediante el Decreto N° 5089, publicado el 12 de abril, el Gobierno Paraguayo modificó, de forma temporal, las tasas respectivas al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) las cuales tendrán un valor de 7% y 8% gracias a la disposición.

De esta manera, quedarán afectados con el ISC productos como cervezas y sidras con y sin alcohol, vinos de frutas, naturales o dulces, champagne y equivalentes, coñac, whisky, tequila, aguardiente, ron, cocteles, vodka, gin, ginebra, pisco, cañas, y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior a 0,5% y 30% Vol. a 20° Celsius. La distribución del porcentaje se dará de la siguiente manera;

Bienes Gravados

Tasas

Cervezas y sidras con y sin alcohol con graduación alcohólica hasta 0,5% Vol. a 20° Celsius.

7%
Cervezas y sidras con y sin alcohol con graduación alcohólica superior a 0,5% hasta el 10% Vol. a 20° Celsius.

8%

vinos de frutas, naturales o dulces, champagne y equivalentes con graduación alcohólica superior a 10% hasta el 30% Vol. a 20° Celsius.

8%
coñac, whisky, tequila, aguardiente, ron, cocteles, vodka, gin, ginebra, pisco, cañas, y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 30% Vol. a 20° Celsius.

8%

Asimismo, la normativa establece que, la vigencia de la legislación será hasta el 30 de junio del 2021.

Finalizado dicho plazo, es decir, a partir del 01 de julio del 2021, se procederá a aplicar las tasas impositivas regulares, ya enunciadas en el artículo 9° del anexo del Decreto N° 3109/2019, relacionados a la importación y primera enajenación en el territorio paraguayo referente a los productos enunciados en el párrafo anterior.

Fuente: La Gaceta 12/04/21 p.150

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