Con fecha 20 de diciembre del 2020, se publica en la Gaceta Oficial de Panamá, el Decreto Ejecutivo N° 1684, por el cual establece nuevas medidas sanitarias para la restricción de la movilización ciudadana a nivel nacional, como producto del repunte de casos de la COVID-19 y dicta otras disposiciones.
1. Toque de Queda
Se mantiene el toque de queda en todo el territorio nacional, y prohibición de circulación de personas, en las siguientes fechas:
- Desde las 7:00pm del jueves 24 de diciembre del 2020, hasta las 5:00am del lunes 28 de diciembre del 2020.
- Desde las 7:00pm del jueves 31 de diciembre del 2020, hasta las 5:00am del lunes 4 de enero del 2021.
2. Restricción a Acceso a Establecimientos Comerciales
Queda restringido el acceso a establecimientos comerciales de venta al por menor de acuerdo al género de las personas como sigue:
FECHAS |
21/12/2020 | 22/12/2020 | 23/12/2020 | 24/12/2020 |
GÉNERO | Mujeres | Hombres | Mujeres |
Hombres |
FECHAS |
28/12/2020 | 29/12/2020 | 30/12/2020 | 31/12/2020 |
GÉNERO | Mujeres | Hombres | Mujeres |
Hombres |
Los adultos mayores de 60 años y personas con discapacidad podrán acceder a los comercios los días que le corresponda y pueden ser acompañados por su asistente de vida, independientemente de su género.
3. Farmacias y Expendio de Alimentos
Solo se permitirá la apertura al público de aquellas farmacias que funcionen dentro de los hospitales. Las demás farmacias podrán realizar entregas a domicilio (delivery) para el despacho de medicamentos.
Los servicios de entrega a domicilio utilizados para el expendio de alimentos podrán operar durante el toque de queda y de cuarentena total, hasta las 10:00pm.
4. Sobre las Obras Públicas
Durante el periodo de toque de queda y de cuarentena total, se mantendrá el proceso de construcción y habilitación de obras públicas que son estratégicas para la emergencia sanitaria, cuyos trabajadores estarán excluidos de limitaciones en cuanto a su movilidad para atender estos menesteres.
5. Prohibición de Venta de Bebidas Alcohólicas
Queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional, desde las 7:00 pm hasta las 5:00 am de lunes a domingo, en horario de toque de queda. La prohibición incluye el delivery.
Asimismo, se prohíbe el acceso y uso de playas, ríos y balnearios públicos, desde el 23 de diciembre del 2020 al 4 de enero del 2021.
6. Entrada en Vigencia
La norma rige desde el 20 de diciembre del 2020.
Fuente: La Gaceta 21/12/20