Obligaciones y vencimientos de precios de transferencia en México 2026

2 de marzo de 2026

El régimen de precios de transferencia en México constituye uno de los pilares del sistema de fiscalización de operaciones intragrupo. La normativa mexicana, alineada con los estándares internacionales impulsados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE) y particularmente con las recomendaciones del proyecto BEPS, establece un conjunto de obligaciones documentales y declarativas que deben cumplir los contribuyentes que realizan operaciones con partes relacionadas.

Durante el ejercicio 2026, las empresas residentes en México o los establecimientos permanentes de entidades extranjeras que celebren operaciones con partes relacionadas deberán atender diversos requerimientos vinculados al ejercicio fiscal 2025. Dichas obligaciones derivan principalmente de los artículos 76, 76-A, 179 y 180 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), así como de disposiciones complementarias del Código Fiscal de la Federación y de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

La adecuada planificación y cumplimiento de estas obligaciones resulta fundamental no solo para evitar sanciones, sino también para mitigar riesgos derivados de ajustes fiscales en auditorías de la autoridad tributaria.

Marco normativo del régimen de precios de transferencia en México

El sistema mexicano de precios de transferencia se fundamenta en el principio de plena competencia (arm’s length principle), conforme al cual las operaciones celebradas entre partes relacionadas deben pactarse en condiciones equivalentes a las que habrían acordado partes independientes en circunstancias comparables.

Este principio se encuentra previsto en los artículos 179 y 180 de la LISR, los cuales establecen que los contribuyentes deben determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando precios, contraprestaciones o márgenes de utilidad comparables a los de mercado.

En términos operativos, el cumplimiento de esta obligación implica la preparación de estudios técnicos de precios de transferencia, así como la presentación de diversas declaraciones informativas que permiten a la autoridad fiscal evaluar el riesgo fiscal asociado a las operaciones intragrupo.

Asimismo, México ha incorporado el enfoque de documentación en tres niveles, derivado de la Acción 13 del proyecto BEPS de la OCDE, que comprende:

Este sistema busca mejorar la transparencia fiscal y facilitar el intercambio internacional de información entre administraciones tributarias.

Obligaciones clave de precios de transferencia para el ejercicio fiscal 2025

Durante el año 2026, los contribuyentes deberán cumplir con diversas obligaciones relacionadas con las operaciones realizadas en el ejercicio fiscal 2025. Entre las más relevantes destacan las siguientes.

1. Estudio de Precios de Transferencia

Las empresas que celebren operaciones con partes relacionadas deben contar con documentación comprobatoria que demuestre que dichas transacciones se encuentran valuadas conforme al principio de plena competencia.

Este estudio debe incluir, entre otros elementos:

  • análisis funcional (funciones, activos y riesgos),
  • descripción de las transacciones intercompañía,
  • análisis económico y selección del método de precios de transferencia,
  • identificación de comparables independientes.

La legislación mexicana exige que dicha documentación se encuentre elaborada a más tardar el 15 de mayo del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente, aun cuando no necesariamente deba presentarse de forma automática ante la autoridad.

No obstante, el Servicio de Administración Tributaria puede requerirla en el ejercicio de sus facultades de comprobación.

2. Declaración Informativa Múltiple – Anexo 9 (operaciones con partes relacionadas)

Adicionalmente, los contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas deben reportar dichas transacciones mediante la Declaración Informativa Múltiple (DIM), Anexo 9.

Esta declaración incluye información relativa a:

  • tipo de transacción (ventas, compras, servicios, financiamiento, regalías, entre otros),
  • monto de las operaciones,
  • jurisdicción fiscal de la contraparte relacionada.

La fecha límite de presentación correspondiente al ejercicio fiscal 2025 es 15 de mayo de 2026.

Este reporte permite a la autoridad tributaria identificar patrones de riesgo y seleccionar contribuyentes susceptibles de revisión en materia de precios de transferencia.

3. Declaración Informativa Local (Local File)

El Local File constituye uno de los componentes del esquema de documentación BEPS adoptado por México.

Este reporte proporciona información detallada sobre el contribuyente mexicano y las operaciones realizadas con sus partes relacionadas. Entre los elementos que debe contener se incluyen:

  • estructura organizacional del contribuyente,
  • descripción detallada de las operaciones intercompañía,
  • análisis funcional,
  • información financiera utilizada en el análisis de comparabilidad,
  • explicación de la metodología aplicada para determinar precios de mercado.

La obligación de presentar esta declaración se encuentra prevista en el artículo 76-A de la LISR.

La fecha límite para la presentación del Local File correspondiente al ejercicio 2025 es 15 de mayo de 2026.

En términos prácticos, este informe constituye uno de los instrumentos más relevantes para la fiscalización de operaciones intragrupo, dado que proporciona información granular sobre la política de precios de transferencia aplicada por el contribuyente.

4. Declaración Informativa Maestra (Master File)

El Master File tiene como finalidad proporcionar una visión global del grupo multinacional al que pertenece el contribuyente.

Este informe incluye información relativa a:

  • estructura organizacional del grupo,
  • descripción de las principales líneas de negocio,
  • políticas globales de precios de transferencia,
  • intangibles del grupo,
  • actividades de financiamiento intragrupo.

A diferencia del Local File, el Master File se enfoca en el contexto global del grupo empresarial y no únicamente en las operaciones del contribuyente mexicano.

La fecha límite para la presentación del Master File correspondiente al ejercicio 2025 es 31 de diciembre de 2026.

5. Declaración Informativa País por País (Country-by-Country Report)

El Country-by-Country Report (CbCR) es un instrumento diseñado para proporcionar a las autoridades fiscales una visión global de la distribución de ingresos, utilidades y actividades económicas dentro de un grupo multinacional.

Este reporte incluye información agregada por jurisdicción respecto de:

  • ingresos del grupo,
  • utilidades antes de impuestos,
  • impuestos pagados,
  • número de empleados,
  • activos tangibles.

La obligación de presentar este reporte aplica principalmente a grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores al umbral establecido por la legislación mexicana.

La fecha límite para la presentación del reporte País por País correspondiente al ejercicio fiscal 2025 es 31 de diciembre de 2026.

Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones en materia de precios de transferencia puede generar diversas consecuencias fiscales y administrativas.
Entre las principales se encuentran:

  • multas por omisión o presentación incorrecta de declaraciones informativas,
  • ajustes a ingresos, deducciones o pérdidas fiscales derivados de auditorías,
  • incremento en la probabilidad de revisiones electrónicas,
  • restricciones para celebrar contratos con entidades del sector público.

Las sanciones por omitir declaraciones informativas pueden alcanzar montos significativos, además de generar un mayor nivel de escrutinio por parte de la autoridad fiscal.

Importancia estratégica del cumplimiento oportuno

En el contexto actual de cooperación fiscal internacional, las autoridades tributarias cuentan con herramientas cada vez más sofisticadas para detectar esquemas de planificación fiscal agresiva.

En el caso mexicano, el SAT utiliza modelos de análisis de riesgo, intercambio automático de información y herramientas de fiscalización electrónica para identificar inconsistencias en operaciones intragrupo.

Por ello, el cumplimiento oportuno de las obligaciones de precios de transferencia debe considerarse no solo como un requisito formal, sino como un componente esencial de la gestión de riesgos fiscales corporativos.

La preparación anticipada de la documentación, la revisión periódica de las políticas intercompañía y la correcta alineación entre la sustancia económica y la asignación de utilidades constituyen elementos clave para garantizar la defensa de las posiciones fiscales del contribuyente frente a posibles revisiones.

Cumplimiento estratégico en precios de transferencia: clave para una adecuada gestión fiscal

El cumplimiento oportuno de las obligaciones en materia de precios de transferencia en México constituye un elemento fundamental dentro de la gestión de riesgos fiscales de las empresas que realizan operaciones con partes relacionadas. La preparación adecuada de la documentación, el seguimiento de los plazos establecidos por la normativa y la correcta aplicación del principio de plena competencia permiten sustentar la razonabilidad de las transacciones intragrupo frente a eventuales procesos de fiscalización por parte de la autoridad tributaria. En este contexto, contar con el acompañamiento de una empresa especializada en precios de transferencia resulta clave para asegurar que los análisis técnicos y reportes informativos se encuentren alineados con la legislación mexicana y con los estándares internacionales de la OCDE.

Si su organización mantiene operaciones con partes relacionadas en México y requiere asistencia para la elaboración de estudios técnicos, la preparación de declaraciones informativas o la revisión de sus políticas intercompañía, el equipo de TPC Group puede brindarle el soporte necesario para fortalecer su estrategia de cumplimiento fiscal, anticipar riesgos y garantizar una adecuada defensa técnica ante la autoridad tributaria.

 

Fuentes:

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