1. Afectaciones Económicas y Atracción de Inversiones
A pesar de diversos factores que afectaron la economía peruana en el 2023, nuestro país cuenta con sectores estratégicos como la minería, agroindustria, energía e infraestructura, lo cual atrae inversiones extranjeras. De acuerdo al último reporte de Proinversión, a junio del 2023, España es el segundo país inversor, enfocado en el sector de comunicación y finanzas, siendo que cuenta con más de 500 empresas españolas constituidas en el Perú.
2. Normativa alineada en materia de Precios de Precios de Transferencia
En ese sentido, las Administraciones Tributarias de ambas jurisdicciones son conscientes de la interacción que existe en operaciones dentro del ámbito de precios de transferencia, por lo que cada país cuenta con una legislación alineada a las directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). De acuerdo a lo mencionado, en este artículo, abordaremos la normativa vigente de precios de transferencia en Perú y España.
3. Tres Niveles de Documentación y Cumplimiento Anual de Precios de Transferencia
De acuerdo al informe sobre la acción 13 del proyecto BEPS, ambos países han incorporado en su legislación tres niveles de documentación: Reporte Local (sustento del valor de mercado de operaciones dentro del ámbito de precios de transferencia), Reporte Maestro (información detallada de la estructura y organización de un grupo económico) y Reporte País por País (Información de los ingresos, utilidades, impuestos, entre otros aspecto de las actividades económicas de los integrantes de un grupo multinacional). Al respecto, podemos destacar que tanto la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), como la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), establecen el cumplimiento del valor de mercado de las operaciones llevadas a cabo con partes vinculadas no domiciliadas y domiciliadas, así como aquellas realizadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales. Asimismo, para ambos países, las obligaciones son de carácter anual, de acuerdo a las condiciones establecidas en su legislación.
4. Implicancias de un mayor Intercambio Comercial Intragrupo
Adicionalmente, como consecuencia de la globalización, es usual que los grupos económicos lleven a cabo transacciones entre las empresas que lo conforman, siendo frecuente pactar servicios intragrupo para optimizar el desempeño de sus actividades de negocio, como los servicios de back office y gerenciamiento. No obstante, esto conlleva un riesgo, con la adjudicación de gastos innecesarios que repercuten en el cálculo del impuesto a la renta.
5. Test de Beneficio: Principios Fundamentales y Cumplimiento
En consecuencia, Perú y España, así como otros países alineados a la OCDE, consideran dentro del régimen de precios de transferencia, la revisión de la deducibilidad de los gastos por servicios intragrupo a través de tres principios fundamentales: Fehaciencia (Documentación e información que demuestre la prestación efectiva del servicio), causalidad (Justificación de la prestación del servicio y sustento del beneficio obtenido) y razonabilidad (Asignación de costos y gastos y margen de acuerdo a la clasificación del servicio). En el Perú, a partir del ejercicio 2017, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1312 publicado el 31 de diciembre del 2016 y el Decreto Legislativo N° 1369 publicado el 02 de agosto de 2018, entró en vigencia el cumplimiento del Test de Beneficio, lo cual implica la preparación de un informe que sustente los principios antes mencionados, para fines de la determinación del impuesto a la renta corporativo. En la actualidad, son más recurrentes las fiscalizaciones enfocadas a verificar si los gastos por servicios recibidos de partes vinculadas cumplen con el Test de Beneficio, toda vez que, la SUNAT toma como referencia las operaciones reportadas en la Declaración Jurada Informativa Reporte Local.
6. Consecuencias y Multas por Incumplimiento
Finalmente, cada país establece las multas o sanciones por errores, omisiones y/o incumplimiento de las obligaciones de precios de transferencia, las cuales pueden afectar significativamente la situación económica de los contribuyentes.