Mediante Decreto N°4245, publicado con fecha 16 de diciembre de 2020, se modifica el reglamento de la Ley N°6524/2020, que declara Estado de Emergencia en la República de Paraguay ante la pandemia causada por la COVID-19, por el cual se busca permitir a los organismos del Estado cumplir con los compromisos previsto en dicho Ejercicio Fiscal y llevar adelante tareas esenciales para la atención de dicha emergencia nacional.
Medidas de Racionalización de Gastos
- Suspender reprogramaciones a los Objetos del Gasto del Subgrupo 130, con excepción de las entidades de salud.
- Reasignar el 50% de los créditos presupuestarios del subgrupo 360 “Combustibles y Lubricantes”, financiados con todas las fuentes de financiamiento.
- Suspender aportes a partidos políticos.
- Reasignar el 100% del crédito presupuestario correspondiente a “servicios de catering”.
- Prohibir la provisión de almuerzo o plato para funcionarios administrativos de los Organismos del Estado.
- Suspender todo tipo de descuento sobre los bienes o servicios prestados por Empresas Públicas.
- Suspender nuevas contrataciones en cualquier modalidad.
- Reasignar el 50% de los créditos programados en el subgrupo 230 “pasajes y viáticos”.
Fuente: La Gaceta 16/12/20