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Modifican normas sobre medidas de bioseguridad aplicable a trabajadores

Mediante la Resolución N° 000392, publicada el 06 de abril, el Ministerio de Salud y Protección Social modificó las normas establecidas en la Resolución N° 666 del año 2020, en ese sentido las modificaciones serán de aplicación obligatoria en cada sector, empresa o entidad, con el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales, las adaptaciones correspondientes a su actividad, entre otros mencionados en la normativa.

Es importante resaltar que la norma señala expresamente que la obligatoriedad de dicha implementación no podrá traducirse en el desconocimiento o desmejora de las condiciones ni en la terminación de los vínculos laborales, y demás formas contractuales que afecten a la empresa.

1. Medidas de Seguridad

Respecto la vigilancia de la salud de los trabajadores en el contexto del sistema de gestión de seguridad y salud del trabajo, se establecieron, entre las más importantes, las siguientes recomendaciones;

  • Actualizar el sistema de gestión de Seguridad y Salud en el trabajo, identificando e implementando las acciones correspondientes para la prevención del riesgo biológico por Covid-19.
  • Fomentar el autocuidado de los trabajadores, mediante la identificación apropiada de síntomas Covid-19.
  • Asegurar que se cumplan las disposiciones y recomendaciones de las autoridades de salud en relación a la prevención del contagio por Covid-19.
  • Establecer un sistema de verificación, de preferencia digital, para el control, en el momento de la notificación positiva para Covid-19, en el que cada trabajador registre todas las personas y lugares visitados dentro y fuera de la operación, indicando; Fecha, Lugar, Nombre de personas con las que se tuvo contacto, en los últimos 10 días y a partir del primero momento de notificación.
  • Establecer un canal de información entre los empleados, EPS, la ARL, y el trabajador para que se informe de cualquier sospecha de síntoma o contacto estrecho con personas confirmadas con Covid-19 y manejarlo de manera controversial.
  • Proveer asesoría y acompañamiento a los trabajadores o colaboradores, incluidos los del aislamiento preventivo.
  • Entre otras disposiciones.

2. Vigencia de la Normativa

La normativa entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación, momento en el cual se contará las modificaciones realizadas a la Resolución 666 de 2020.

Fuente: Diario Oficial 06/04/21 p. 18

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