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Modificación de normativa sobre comprobantes fiscales

Con fecha 14 de junio del 2021, la Dirección General de Impuestos Internos emite la Norma General N° 06-2021, por la cual modifican la Norma General N° 06-18 sobre Comprobantes Fiscales, conforme lo siguiente: 

1. Antecedente Normativo

Que con la entrada en vigencia de la Norma General núm. 06-18 sobre Comprobantes Fiscales, la DGII inició un proceso de mejora en los comprobantes fiscales con el propósito de promover la transparencia en los aspectos relativos a la facturación, de conformidad con el Decreto núm. 254-06.

2. Finalidad de la Modificatoria

Lo que se busca es reducir el plazo de respuesta para la autorización de emisión de los comprobantes fiscales, por lo que, resulta necesario modificar la Norma General núm. 06-2018. Además, el hecho de reducir el tiempo de respuesta de los trámites y servicios constituye uno de los propósitos fundamentales del Programa de Simplificación de Trámites (PST). 

3. Sobre la Autorización de Emisión de Comprobantes Fiscales

Se modifica el párrafo II del artículo 3 de la Norma General núm. 06-2018 sobre Comprobantes Fiscales, y se dispone que, las personas físicas o jurídicas que tengan por objeto dedicarse a la transferencia de bienes, entrega en uso, así como la prestación de servicios a título oneroso o gratuito, deben solicitar a la DGII, presencial o virtualmente, la autorización para emitir comprobantes fiscales. 

4. Caso de Comprobantes con Valor Fiscal

Previo a la autorización de emisión de comprobantes fiscales, cuando se trate de solicitudes de comprobantes con valor fiscal, se llevará a cabo una validación de la documentación que haya sido aportada por el depositante y las informaciones contenidas en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) no procediendo su autorización, en caso de detección de informaciones que no se correspondan con la realidad. 

5. Estatus de Solicitud

La DGII informará al contribuyente sobre el estatus de su solicitud en un plazo máximo de cinco (05) días laborales a partir de la fecha de recepción de la solicitud a través de los mecanismos de notificación habilitados. 

La DGII autorizará a los contribuyentes la emisión de comprobantes a consumidor final, atendiendo a su actividad económica. 

6. Entrada en Vigencia

La norma rige desde el 14 de junio del 2021. 

7. Derogatoria de Norma

La norma en comentario deroga y sustituye cualquier otra disposición que le sea contraria. 

Fuente: Dirección General de Impuestos Internos 22/06/21

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