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Estímulos fiscales a la gasolina y al diésel en sectores específicos

Fijan estímulos fiscales a la gasolina y al diésel en los sectores pesquero y agropecuario para el mes de agosto del 2021.

Con fecha 23 de julio del 2021, se publica en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se dan a conocer los estímulos fiscales a la gasolina y al diésel en los sectores pesquero y agropecuario para el mes de agosto del 2021.

1. Estímulos Fiscales – Objetivo

El Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los porcentajes de los estímulos fiscales aplicables en todo el territorio nacional a la gasolina menor a 91 octanos y al diésel para uso en el sector pesquero y agropecuario de conformidad con el Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, publicado el 30 de diciembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.

2. Porcentajes de estímulos fiscales

Los porcentajes de los estímulos fiscales aplicables para el mes de agosto de 2021, son los siguientes:

COMBUSTIBLEPORCENTAJE DE ESTÍMULO AGOSTO 2021
Gasolina menor a 91 octanos0.00
Diésel para el sector pesquero0.00
Diésel para el sector agropecuario0.00

3. Aplicación de Porcentajes

Los porcentajes a que se refiere la norma se aplicarán sobre las cuotas disminuidas que correspondan a la gasolina menor a 91 octanos y al diésel. El resultado obtenido se adicionará con el impuesto al valor agregado correspondiente y el monto total será la cantidad que se deberá aplicar para reducir los precios de la gasolina menor a 91 octanos y el diésel en el momento en que dichos combustibles se enajenen a los beneficiarios del sector pesquero y agropecuario, según corresponda.

4. Cuotas disminuidas

Las cuotas disminuidas son las que se publican en el Diario Oficial de la Federación mediante los acuerdos por los que se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican por el período que dichos acuerdos especifican.

5. Entrada en vigencia

La norma rige desde el 23 de julio del 2021.

Fuente: Diario Oficial de la Federación 23/07/21

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