México elimina su rezago histórico de casos MAP, pero el inventario de casos de precios de transferencia crece con fuerza

21 de agosto de 2026

El 31 de octubre de 2025, la OCDE publicó sus Estadísticas de Procedimientos de Acuerdo Mutuo (MAP) y Acuerdos Anticipados de Precios (APA) correspondientes a 2024, cubriendo un récord de 141 jurisdicciones. En materia de Precios de Transferencia, uno de los resultados más relevantes para México fue el reconocimiento recibido por haber eliminado completamente de su inventario MAP los casos anteriores a 2016.

En el marco de los reconocimientos MAP y APA otorgados por la OCDE, México destacó en la categoría relacionada con la antigüedad del inventario, al finalizar el periodo sin casos pendientes anteriores a 2016.

El MAP es un mecanismo previsto en los convenios para evitar la doble imposición, cuya disposición suele basarse en el artículo 25 del Modelo de Convenio Tributario de la OCDE. A través de este procedimiento, las autoridades competentes buscan resolver situaciones de tributación no conforme con el convenio, incluidas aquellas originadas por determinados ajustes de precios de transferencia.

Un panorama global de mayor uso del mecanismo, con tiempos de resolución que siguen siendo largos

A nivel global, la OCDE reportó que el tiempo promedio de resolución de un caso MAP se mantuvo relativamente estable en 27.4 meses durante 2024, mientras que los casos vinculados con precios de transferencia registraron una ligera mejora, alcanzando un promedio de 30.9 meses, frente a los 32 meses registrados en 2023.

Asimismo, el 76% de los casos MAP cerrados durante 2024 alcanzó una resolución plena para el contribuyente, frente al 74% registrado el año anterior, mientras que aproximadamente el 4% concluyó sin acuerdo entre las autoridades competentes.

El inventario global de casos de precios de transferencia aumentó 3.9% durante 2024. Paralelamente, los nuevos casos de esta categoría iniciados durante el año registraron un incremento de 29.1% a nivel global, evidenciando una mayor entrada de controversias al mecanismo MAP.

En cuanto al rezago histórico, al cierre de 2024, los casos anteriores a 2016 representaban alrededor del 3.3% del inventario MAP global, reflejando la reducción progresiva de los procedimientos más antiguos.

El contraste dentro del caso mexicano

El resultado de México presenta un contraste especialmente relevante.

Por un lado, el país finalizó 2024 sin casos MAP anteriores a 2016 dentro de su inventario, resultado que fue reconocido expresamente por la OCDE. Sin embargo, simultáneamente se produjo un fuerte incremento del inventario correspondiente a casos posteriores a 2015 vinculados con precios de transferencia.

Al cierre de 2023, México registraba 70 casos post-2015 de precios de transferencia pendientes. Al cierre de 2024, este inventario alcanzó los 120 casos, lo que representa un crecimiento aproximado de 71.4% al comparar los inventarios de cierre de ambos ejercicios.

La dinámica observada durante 2024 permite comprender este incremento: México registró 55 nuevos casos MAP de precios de transferencia, mientras que durante el mismo periodo únicamente se cerraron 9 casos de esta categoría.

Los 55 casos iniciados representan, además, el mayor número de nuevos procedimientos de precios de transferencia reportados por México en un solo año desde que comenzó a informar sus estadísticas bajo el marco de seguimiento de la Acción 14 de BEPS.

El resultado muestra, por tanto, dos dinámicas distintas: México ha eliminado el rezago correspondiente a los casos más antiguos, pero enfrenta al mismo tiempo una acumulación creciente de controversias posteriores a 2015.

Cabe precisar que la categoría de “transfer pricing cases” utilizada por la OCDE comprende casos de atribución y asignación, incluyendo controversias relacionadas con empresas asociadas y determinados casos de atribución de beneficios a establecimientos permanentes. Por ello, las estadísticas no permiten concluir qué tipo específico de operación originó cada procedimiento.

¿Por qué esto importa para los grupos multinacionales con operaciones en México?

Para un grupo multinacional que enfrenta un ajuste con efectos fiscales en más de una jurisdicción. El MAP es el mecanismo previsto en los convenios fiscales para que las autoridades competentes resuelvan casos de tributación no conforme con el tratado.

El incremento registrado en México refleja una mayor entrada de casos de precios de transferencia al mecanismo MAP durante 2024. Sin embargo, las estadísticas publicadas por la OCDE no desagregan los procedimientos según industria, tipo de transacción o estructura empresarial, por lo que no resulta posible atribuir este crecimiento específicamente a operaciones de manufactura, servicios intragrupo, intangibles u otra categoría determinada.

Este punto es relevante para evaluar una controversia: el incremento del inventario no solo debe analizarse desde la cantidad de nuevos procedimientos iniciados, sino también frente a la capacidad de resolución observada durante el mismo periodo.

¿Qué implica para la planificación de una controversia de precios de transferencia?

El tiempo constituye uno de los elementos más relevantes al momento de evaluar la utilización de un MAP.

A nivel global, los casos de precios de transferencia cerrados durante 2024 requirieron un promedio de 30.9 meses para su resolución. Sin embargo, en el caso de México, los procedimientos post-2015 de esta categoría que fueron cerrados durante el año registraron un tiempo promedio de aproximadamente 51.06 meses.

Esta cifra debe interpretarse considerando que México cerró únicamente nueve casos de esta categoría durante el periodo. No obstante, el contraste resulta significativo: mientras se incorporaron 55 nuevos procedimientos durante 2024, solo nueve fueron concluidos.

Para los grupos que enfrentan o anticipan un ajuste de precios de transferencia con impacto en más de una jurisdicción, estos datos refuerzan la necesidad de evaluar oportunamente las alternativas disponibles, los plazos aplicables conforme al convenio correspondiente y la documentación necesaria para sustentar la posición del contribuyente.

Los MAP y los APA, además, cumplen funciones distintas dentro de la gestión de la certeza tributaria. Mientras el MAP busca resolver situaciones en las que la tributación resulta o puede resultar no conforme con un convenio, los Acuerdos Anticipados de Precios buscan proporcionar certeza anticipada respecto del tratamiento de determinadas operaciones durante los periodos comprendidos en el acuerdo.

En TPC Group acompañamos a grupos multinacionales con operaciones en México en la evaluación de la viabilidad de un MAP frente a ajustes de precios de transferencia con impacto en más de una jurisdicción, considerando los tiempos de resolución, las disposiciones del convenio aplicable y la evolución reciente del inventario de casos reportado por la OCDE.

Fuentes:

· OCDE

· OCDE — 2024 Mutual Agreement Procedure Statistics

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