La implementación del Qualified Domestic Minimum Top-Up Tax en Israel y su relevancia para la tributación internacional

16 de febrero de 2026

El 31 de diciembre de 2025 Israel aprobó una ley que establece un impuesto mínimo complementario (QDMTT) para grupos multinacionales, aplicable a los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2026. Bajo este régimen, solo se implementa el QDMTT (correspondiente al Pilar Dos de la OCDE) y por el momento no se adoptan la Income Inclusion Rule (IIR) ni la Under-Taxed Profits Rule (UTPR). El objetivo central es garantizar que los grupos multinacionales con actividades económicas en Israel tributen efectivamente al menos al 15%. Es decir, si la tasa efectiva de impuestos (ETR) de los ingresos atribuidos al país es inferior al 15%, Israel impone un “impuesto complementario” que eleva la carga fiscal hasta alcanzar ese mínimo. De este modo se protege la base imponible local frente a la captación del impuesto mínimo por otras jurisdicciones de menor imposición.

Sujetos y ámbito de aplicación

El QDMTT israelí se aplica a los grupos multinacionales de gran tamaño que superen el umbral de ingresos mundiales de €750 millones en al menos dos de los cuatro años fiscales anteriores. Solo las entidades israelíes constituyentes —incluyendo personas jurídicas domiciliadas y unidades financieras (como sucursales o establecimientos permanentes) dentro del perímetro de consolidación— entran en el alcance del tributo. Cuando el grupo cumple el umbral, cada entidad local o conjunto agregado de entidades locales estará sujeta al cálculo del impuesto mínimo. En la práctica, se ofrecen dos mecanismos de cálculo:

  • Cálculo individual (stand-alone): Por defecto, cada entidad israelí del grupo calcula su propia ETR conforme a las reglas GloBE de la OCDE. Si esta tasa individual es menor al 15%, cada una genera su impuesto complementario correspondiente. Al elegir este método, la ley incluso restringe la exclusión por ingreso basado en presencia sustantiva (substance-based income exclusion) para evitar reducciones excesivas del impuesto mínimo.
  • Cálculo agregado (jurisdiccional o blended): Alternativamente, el grupo puede optar por calcular un top-up único conjunto sobre todas las entidades israelíes. En ese caso se consolida el ingreso global en Israel y se compensa internamente (por ejemplo, pérdidas de unas con ganancias de otras). Luego el impuesto total se reparte entre las entidades en proporción a su participación en la renta GloBE de Israel (o según otra fórmula alternativa aprobada por la autoridad fiscal). Para habilitar este enfoque el grupo debe designar una entidad representante (Designated Filing Entity) que centralice la declaración y el pago del impuesto por todo el grupo local. Esta ruta suele resultar más simple y común cuando hay múltiples compañías israelíes en el grupo.

Cálculo de la tasa efectiva y obligaciones de cumplimiento

El cálculo de la ETR y del impuesto top-up se basa en las normas GloBE de la OCDE, integradas por referencia en la ley israelí. En concreto, cada entidad (o el agregado jurisdiccional) determinará su ingreso sujeto a impuestos con base en estados financieros consolidados, y comparará la tasa efectiva resultante con el 15% establecido. Si la ETR resulta inferior, la diferencia se convierte en impuesto complementario adicional a cargo del grupo en Israel. Por ejemplo, las entidades bajo incentivos fiscales locales (que aplican tipos reducidos) también pueden recibir un top-up si su ETR global cae por debajo del umbral mínimo.

La legislación prevé que este cálculo se efectúe usando un único marco contable uniforme para todas las entidades israelíes involucradas. Las normas contables permitidas son las locales (Israeli Financial Accounting Standards) o US GAAP, de manera consistente entre ellas. En la práctica, esto exige coordinar estrechamente los equipos contables y fiscales para que la base impositiva del QDMTT concuerde con la contabilidad financiara autorizada.

Las empresas sujetas al QDMTT deben cumplir estrictamente los plazos formales de notificación, declaración y pago. El plazo general de presentación es de 15 meses después del cierre del ejercicio fiscal relevante. Para el primer año de aplicación, se exige además notificar la identidad de la entidad representante designada en un plazo de 90 días tras el fin del año fiscal. Estas obligaciones recaen sobre el grupo o la entidad designada según el enfoque elegido, e incluyen la presentación de un formulario especial vía portal digital ante la Autoridad Fiscal de Israel. El incumplimiento de estos plazos puede acarrear sanciones económicas significativas.

Interacción con esquemas de Precios de Transferencia

La determinación de la ETR en Israel depende en gran medida de cómo se asignan los ingresos, costos y gastos intragrupo entre las entidades locales. En este sentido, las políticas de precios de transferencia son fundamentales para la base imponible del QDMTT. En la práctica:

  • Impacto en la ETR local: Si un grupo asigna artificialmente menores beneficios a sus filiales en Israel (por ejemplo, mediante precios de transferencia agresivamente bajos), la tasa efectiva calculada en ese país será más baja. Una ETR inferior al 15% activará el impuesto complementario en Israel. Por el contrario, aumentos forzados de ingresos locales (por ajustes de precios) también pueden disparar top-ups si se considera que la ganancia excede lo “arm’s length”. En ambos casos, las autoridades fiscales vigilarán que el reparto de utilidades refleje la sustancia económica real de las operaciones.
  • Documentación y defensa: Ante un posible ajuste de precios de transferencia, la documentación técnica debidamente alineada con el principio de plena competencia de la OCDE es crucial. Los informes y estudios de TP deben justificar la asignación de rentas intragrupo y demostrar que las condiciones reflejan la realidad económica subyacente. Una documentación sólida ayuda a defender ante la autoridad fiscal por qué una parte de los beneficios corresponde efectivamente a la jurisdicción israelí. La falta de documentación adecuada puede agravar los riesgos, incluso llevándose ajustes retroactivos o sanciones.

Implicancias prácticas y desafíos regulatorios

La introducción del QDMTT en Israel supone un cambio sustantivo en las obligaciones locales de los grupos multinacionales. Más allá de los requerimientos de presentación y pago, las empresas deben revisar estructuralmente cómo asignan beneficios a Israel. Esto puede implicar: rediseñar flujos intragrupo, reconsiderar entidades “puente” y asegurar que los precios de transferencia practicados resistan examen bajo las normas del Pilar Dos.

Adicionalmente, el marco regulatorio seguirá evolucionando. Por ejemplo, se está trabajando en incentivos locales compatibles con Pilar Dos (como créditos fiscales reembolsables o safe harbors) que podrían atenuar el efecto práctico del top-up en el futuro. Mientras tanto, es crítico coordinar equipos fiscales, contables y de precios de transferencia para cumplir con el QDMTT de forma integral. La experiencia internacional muestra que integrar políticas TP robustas con el cálculo del impuesto mínimo es clave para reducir riesgos de ajustes y optimizar la carga tributaria global sin perder coherencia normativa. En definitiva, las empresas deberán replantear su estrategia fiscal global considerando este nuevo estándar mínimo en Israel, garantizando la consistencia entre sus reportes financieros y sus declaraciones fiscales bajo el esquema del Pilar Dos.

TPC Group proporciona asesoramiento especializado en fiscalidad internacional y precios de transferencia, ayudando a las empresas a identificar impactos, estructurar soluciones defendibles y garantizar el cumplimiento técnico de las obligaciones del QDMTT conforme a los estándares del Pilar Dos.

 

Fuente: https://fs.knesset.gov.il/25/law/25_lsr_10503660.pdf

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