Italia: Tratamiento del IVA en los ajustes de Precios de Transferencia

21 de enero de 2025

El enfoque del IVA en los ajustes de Precios de Transferencia

La Agencia Tributaria, en su Respuesta no. 266 del 18 de diciembre de 2024, abordó el tratamiento del IVA en relación con los ajustes de precios de transferencia (TP). Reiteró que el objetivo de los precios de transferencia es asignar correctamente los ingresos entre empresas de un grupo multinacional, aplicando el principio de plena competencia, es decir, el precio que se aplicaría entre empresas independientes en condiciones comparables. Sin embargo, en el caso del IVA, la base imponible está determinada por la contraprestación «realmente percibida» y no por un valor estimado o residual, como ocurre en el caso de los ajustes de Precios de Transferencia.

Criterios para la relevancia de los ajustes de Precios de Transferencia en el IVA

Los ajustes de Precios de Transferencia son relevantes para el IVA solo cuando existe una modificación de la contraprestación originalmente acordada, según lo estipulado en el contrato. Estos ajustes deben cumplir ciertos criterios: ser a título oneroso, referirse a entregas de bienes o servicios sujetas al IVA y tener una conexión directa con la contraprestación acordada.

Caso práctico: ajustes de Precios de Transferencia entre Alfa y Beta

En el caso específico de la solicitante Alfa, una empresa establecida en Italia, se planteó la cuestión de si los ajustes de Precios de Transferencia realizados en las facturas emitidas por Alfa a su filial Beta, en relación con transacciones intragrupo, son relevantes para el IVA. La Agencia Tributaria concluyó que la segunda factura emitida, que incluye un ajuste del Precios de Transferencia, no es irrelevante para el IVA, ya que también tiene como objetivo el pago de la transacción realizada con Beta, y solo puede considerarse irrelevante si su único propósito es ajustar el margen operativo de la contraparte.

La importancia de la coherencia en acuerdos y documentación

Finalmente, la Agencia destacó la importancia de que los acuerdos de Precios de Transferencia, cláusulas contractuales, métodos de facturación y el comportamiento de las partes estén claramente definidos y sean coherentes para determinar el tratamiento adecuado del IVA en estos ajustes.

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Fuente: Diritto Bancario

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