Con fecha 14 de abril del 2021, el Servicio de Impuestos Internos, emite la Resolución Ex. SII N° 39, por la cual se habilita la plataforma, instruye sobre requisitos y fija procedimiento para solicitar el Bono Clase Media establecido en los incisos primero y segundo del artículo cuarto de la Ley N° 21.323.
1. Requisitos que deben Cumplir los Beneficiarios
Para solicitar y obtener el Bono Clase Media, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que su Ingreso Promedio Mensual 2019 sea igual o mayor al ingreso mínimo mensual promedio del año 2019 ($311.934), para los trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años, debidamente reajustados a la fecha de la solicitud. Adicionalmente, el Ingreso Promedio Mensual 2019 no deberá exceder de la cantidad de $2.000.000.
- Que hayan experimentado una disminución de, al menos, el 20% de su Ingreso Promedio del Segundo Semestre 2020, determinado según la variación porcentual respecto de su Ingreso Promedio del Segundo Semestre 2019.
- Que no tengan montos pendientes de restitución por haber obtenido indebidamente el Aporte Fiscal o el beneficio, conforme a la Ley Nº 21.252.
Los requisitos copulativos expuestos en los literales 1) y 2) precedentes no son aplicables a los beneficiarios cuyo Ingreso Promedio del Segundo Semestre 2020 sea igual o mayor al ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años, vigente al 01.03.2021 ($326.500), e inferior o igual a $408.125.
2. Monto de Bono Clase Media
El monto del Bono Clase Media que podrán solicitar los beneficiarios que cumplan con los requisitos, se determinará aplicando la siguiente escala de Bono Clase Media según el Ingreso Promedio Mensual 2019, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley.
INGRESO PROMEDIO MENSUAL 2019 | APORTE FISCAL |
Ingreso Promedio mensual hasta $311.933 | No tiene derecho |
Ingreso Promedio mensual igual o mayor a $311.934 hasta $1.500.000 | $500.000 |
Ingreso Promedio mensual sea una cantidad sobre $1.500.000 hasta $1.600.000 | $ 400.000 |
Ingreso Promedio mensual sea una cantidad sobre $1.600.000 hasta $1.700.000 | $300.000 |
Ingreso Promedio mensual sea una cantidad sobre $1.700.000 hasta $1.800.000 | $200.000 |
Ingreso Promedio mensual sea una cantidad sobre $1.800.000 hasta $2.000.000 | $100.000 |
Ingreso Promedio mensual sea una cantidad sobre $2.000.000 | No tiene derecho |
3. Composición del Hogar
Si el hogar del beneficiario del Bono de Clase Media forma parte del Registro Social de Hogares, el monto se irá incrementando de acuerdo con el número de personas discapacitadas que lo componga, o que perciban la Pensión Básica Solidaria de Invalidez o el Aporte Previsional Solidario de Invalidez; adultos mayores de 65 años o más y/o personas menores de 18 años que vivan en el hogar.
4. Plazo de Solicitud de Bono
El Bono Clase Media se podrá solicitar durante el plazo de un mes a contar del décimo día desde la publicación de la Ley en el Diario Oficial, ante el SII, mediante la plataforma electrónica habilitada al efecto en su sitio web, indicando la forma o medio de pago por la que opta entre aquellas disponibles.
El aporte podrá solicitarse entre el 17 de abril y hasta el 17 de mayo de 2021. Para efectos de presentar la solicitud, el contribuyente deberá ingresar a dicha plataforma, previamente autenticado (RUT y clave tributaria o clave única)
5. Inafectación del Impuesto
El Bono Clase Media no estará afecto a impuesto alguno, no se sujetará a ninguna retención de carácter administrativa, no será compensado por la Tesorería General de la República, tampoco le serán aplicables los descuentos a que se refiere el artículo 3° del Decreto con Fuerza de Ley Nº 707.
Fuente: Servicio de Impuestos Internos 16/04/21