Efectos fiscales de los establecimientos permanentes

2 de junio de 2022

Con el objetivo de disminuir los gastos generados por determinadas movilizaciones de personal al extranjero, en específico, España, las compañías han optado por constituir una filial en este país para el desarrollo de funciones como software, marketing o comerciales. 

1. Obligaciones en España

Como consecuencia, el trabajador que vive y trabaja en España generará una serie de obligaciones para el empleador, ya que deberá registrase en el país, ingresar los seguros sociales y retenciones del IRPF correspondientes. Incluso, si cumple con los requisitos, deberá localizar la sede de la dirección efectivo o un establecimiento permanente (EP) de la empresa extranjera en España. 

En ese sentido, la Agencia Tributaria de España se ve ante un ejercicio complicado, el de tener en el país la residencia fiscal de una entidad extranjera en base al criterio de la sede de su dirección efectiva. No obstante, si no existe una sede de dirección efectiva en España, el estar de forma continua en el territorio español de empleados o directivos confirmaría la existencia de un EP en el país.  

2. ¿Qué es un EP en España?

Se trata de una figura fiscal que consiste en la presencia significativa de una organización extranjera en España. Cuando se prueba su existencia, una parte del beneficio global de la organización deberá atribuirse al mismo y tributar en España. Este beneficio deberá ser determinado a partir del régimen de precios de transferencia. 

3. Interpretación de las EP por la Agencia Tributaria

Si bien no existe un Establecimiento Permanente en España por entender que el lugar fijo de negocios solo realiza funciones auxiliares para el grupo o que el trabajador no tiene poder para firmar contratos en nombre de la compañía en base a la cláusula de escape, la Agencia Tributaria y la jurisprudencia vienen realizando una interpretación expansiva del concepto de EP. 

Fuente: Diario de Mallorca 02/06/22

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