Modelos de IRPF para la declaración de renta

30 de marzo de 2022

A través del portal web “La Razón” se recordó a los contribuyentes, que el próximo 6 de abril se dará inicio al periodo de declaración de renta para las personas físicas, correspondiente al periodo fiscal 2021, en donde se entregarán las declaraciones del IRPF y Patrimonio.  

1. Modelo aplicable

El portal señala que, el modelo D-100, es el idóneo para proceder con la declaración de Renta, a través del mismo, los contribuyentes podrán hacer devolución o ingreso del IRPF respecto el rendimiento alcanzando en el periodo fiscal señalado. 

2. Modelos para las deducciones

Para la deducción fiscal es importante tomar en cuenta los modelos 140 y 143 usados para la solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad y la deducción por familia numerosa respectivamente. Según señala el portal; 

  • Modelo 140: Solicita el abono anticipado de la deducción de maternidad del IRPF en el que el beneficiario recibe 100 euros mensuales en su cuenta bancaria. La presentación de este modelo es opcional, ya que lo único que cambia es la forma de recibir dicha deducción. 
  • Modelo 143: Este, al igual que el anterior es opcional y este sirve no sólo en el caso de abono anticipado de la deducción por familia numerosa, sino también de ascendientes o descendientes a cargo con discapacidad que contempla el IRPF. 

3. Modelos para retenciones

Para aplicar retenciones dentro del proceso, se deberán presentar; 

  • Modelo 111: En este modelo los contribuyentes declaran e ingresan las retenciones trimestrales sobre rendimientos de actividades económicas. 
  • Modelo 115: En el caso de que el contribuyente tenga una propiedad urbana en alquiler, esta persona deberá presentar este modelo, aunque su modelo complementario es el anual 180, el cual resume todos los modelos 115 del ejercicio. 
  • Modelos 130 y 131: Estos modelos de estimación directa o de módulos son utilizados por los trabajadores por cuenta propia para la autoliquidación del IRPF presentada de forma trimestral, por lo que hacen referencia a lo que ya se ha pagado de manera anticipada en estos meses, que suele ser en torno al 20%. Los autónomos que tributen por el método de estimación directa deberán presentar el modelo 130, mientras que los que tributen por el sistema de estimación objetiva deberán presentar el modelo 131. 
Fuente: La Razón 30/03/22

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