Medidas urgentes de carácter administrativo y tributario

19 de enero de 2021

Con fecha 29 de enero del 2021, se publica en el Boletín Oficial del Estado, el Decreto Ley N° 26/2020, por el cual establecen medidas urgentes de carácter administrativo y tributario, y de control financiero, conforme lo siguiente:

1. Ayudas Extraordinarias

Se entiende por ayuda extraordinaria aquella que es convocada con ocasión de situaciones de carácter excepcional que hay que afrontar por el interés general. Este procedimiento excepcional se puede utilizar cuando, por su objeto, estas ayudas se destinen a una pluralidad indeterminada de beneficiarios.

2. Medidas Tributarias

Se establece una bonificación del 100% en la cuota tributaria del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, de las concesiones administrativas o actos administrativos equiparables que otorguen el aprovechamiento privativo del dominio público para su uso como terraza por parte de establecimientos de hostelería y restauración.

3. Regulación de la Modalidad de Control Posterior de la Intervención General

La finalidad del control posterior es dar seguridad jurídica a los actos, los expedientes y los procedimientos de gasto de la gestión económica y financiera, así como su mejora a través de recomendaciones para corregir las actuaciones que así lo requieran.

Si es procedente, también tendrá como finalidad determinar la eficacia de la gestión realizada en relación con sus objetivos y el grado de economía y de eficiencia en el uso de los recursos disponibles, así como emitir una opinión sobre los extremos que se detallan en el presente artículo, sin que corresponda pronunciarse sobre la oportunidad del gasto o ingreso contabilizado y ordenado por el órgano competente en razón de la materia.

4. Entrada en Vigencia

La norma rige desde el 20 de enero del 2021.

Fuente: Boletín Oficial del Estado 19/01/21

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