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INE regulo los precios privados de los productos de difusión

Instituto Nacional de Estadística reguló los precios privados de los productos de difusión electrónica que usa el organismo.

Mediante la Resolución de 1° de septiembre de 2021, el Instituto Nacional de Estadística, reguló los precios privados de los productos de difusión del organismo. Es importante señalar que, la información del INE se difunde a través de los siguientes productos;

  • Publicaciones de resultados estadísticos: Los resultados de las operaciones estadísticas considerados en el plan de difusión general de cada operación se difundirán gratuitamente. Estos resultados se publicarán esencialmente a través de la web, a través de la distribución de notas de prensa, tablas de datos y/o series temporales que pueden adoptar distintas formas de presentación: tablas, gráficos, mapas y ficheros descargables en distintos formatos.
  • Productos editoriales estándar: Consisten en libros, folletos o publicaciones electrónicas donde se presentan organizadamente los resultados de las operaciones estadísticas que el INE realiza. Figuran en el catálogo de publicaciones del INE.
  • Elaboraciones de información a medida: Consisten en peticiones de información que requieren una elaboración específica a partir de los ficheros de resultados de las operaciones estadísticas que el INE realiza o a partir de búsqueda en fondos bibliográficos. Esta elaboración implica un trabajo de estudio y programación, así como la ejecución de procesos informáticos para obtener los datos solicitados. Se incluyen en este apartado la elaboración de ficheros de micro-datos específicos para atender las necesidades de proyectos de investigación y aquellos que requieran la firma de condiciones especiales de uso. También se incluyen en este apartado la elaboración de diseños muéstrales y la obtención de muestras a medida que tendrán condiciones de acceso y uso específicas.
  • Copias o digitalización de documentos: Consisten en copias o digitalizaciones parciales o totales de publicaciones u otros documentos elaborados por el INE. También se incluyen en este apartado las publicaciones impresas editadas bajo demanda. Estas copias se realizan normalmente por sistemas reprográficos o por impresión de textos o tablas archivados en soporte informático.

1. Nuevos precios

Como se sabe, los precios privados de los productos de difusión del INE son únicos con independencia del punto de venta. Estos precios se determinan de forma que se cubran los costes necesarios para llevar a cabo su elaboración.

Asimismo, se debe señalar que, en toda la producción editorial estándar del Instituto (libros, folletos, publicaciones electrónicas) figurará bien un precio de venta al público, bien un código, llamado tarifa, que se corresponderá con un precio en euros mediante una tabla de equivalencias que estará siempre a disposición del público y que, se publicará en el Catálogo de Publicaciones del INE.

En ese sentido, según lo expuesto, se estableció un nuevo precio que tiene en cuenta, el tiempo dedicado a su obtención y que comprende el análisis de viabilidad, programación y posterior verificación de los datos obtenidos. Dicho tiempo se calculará teniendo en cuenta el número de horas de analistas, programadores, estadísticos, técnicos, documentalistas y operadores dedicadas a la preparación de la explotación de información a medida.

2. Precios de los productos divulgativos y precios promocionales

La norma también hace mención a que, el INE podrá elaborar, mediante comunicación de la Subdirección General de Difusión Estadística, productos de difusión a los que, de forma excepcional, se asigne un precio que no cubra los costes de producción. También se podrán aplicar precios de oferta a productos del catálogo. Estos precios de oferta se comunicarán en la actualización permanente del catálogo en Internet.

Por otro lado, la institución también ofrecerá la suscripción anual, por correo ordinario, electrónico o fax, para productos editoriales que se publiquen con periodicidad igual o inferior al año. Se podrá ofrecer también esta suscripción en el caso de peticiones a medida repetidas en cada publicación de las estadísticas coyunturales con un 40% de descuento.

3. Convenios

Finalmente, el INE podrá acordar con entidades públicas o privadas la firma de convenios que impliquen la entrega de información estadística o facilitar el acceso a la misma para llevar a cabo los objetivos del acuerdo suscrito.

Fuente: Boletín Oficial del Estado 13/09/21

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