Reforman Ley de Fomento, Protección y Desarrollo de la micro y pequeña empresa

24 de junio de 2021

Con fecha 21 de junio del 2021, se publica en el Diario El Salvador, el Decreto N° 64, por la cual se reforma la Ley de Fomento, Protección y Desarrollo de la micro y pequeña empresa, de acuerdo a lo siguiente: 

1. Antecedente Normativo

De acuerdo al Decreto Legislativo N° 667 del 2014, se emitió la Ley de Fomento, Protección, y Desarrollo para la Micro y Pequeña Empresa, la cual fue reformada creando a la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa, como entidad autónoma mediante Decreto Legislativo N° 838. 

2. ¿Qué es la CONAMYPE?

La CONAMYPE es una institución que ha logrado posicionarse como capacitadora del segmento de la MYPE y ejecutora de varios proyectos para el fortalecimiento del citado sector, por ende, es necesario para que la institución sea sostenible y pueda prestar servicios a más salvadoreños, que la autónoma pueda generar ingresos propios.

3. Administración de Fondos

Se agrega el literal h) del artículo 2 de la Ley, y se establece que, el mecanismo de administración y ejecución de fondos FECAMYPE y PROGRAMYPE, sea por medio de fideicomisos y otros instrumentos financieros para ejecutar los precitados fondos. 

4. Sobre la Sesión de Junta Directiva

Se reforma el inciso segundo del artículo 10-D y se dispone que, para que pueda celebrarse sesión de junta directiva bastará la presencia de la mayoría de sus miembros, uno de los cuales deberá ser el presidente o quien haga sus veces. En los casos que sea necesario, las sesiones podrán celebrarse haciendo uso de otros medios. 

5. Acceso al Financiamiento

Se reforma el artículo 45, y se dispone que la banca estatal promoverá el acceso de las MYPE al crédito y otras fuentes de financiamiento, mediante la coordinación y consulta con el MINEC y la CONAMYPE, para la creación y fortalecimiento de instrumentos financieros, sistemas de garantías, fideicomisos, arrendamiento financiero, y capital de riesgo entre otros, de forma directa o a través de todos los intermediarios financieros especializados de las MYPE. 

6. Creación del Programa de Garantía para la MYPE

Se reforma el artículo 50 y se crea el Programa para la MYPE, PROGAMYPE, para respaldar préstamos a la Micro y Pequeña Empresa, el cual contribuirá al crecimiento y la integración de las MYPE, a la economía nacional y local.

7. Creación de la FECAMYPE

Se reforma el artículo 51, y se crea el Fondo para el Emprendimiento y Capital de Trabajo, FECAMYPE, para financiar nuevos proyectos o MYPES ya existente de todos los sectores productivos, con énfasis en aquellos cuyo contenido incorporen componentes tecnológicos, medio ambientales, de fomento a la empresarialidad de las mujeres y de promoción de la igualdad de género en el sector MYPE.

8. Reglamento para el Otorgamiento de Créditos y Garantías

Se incorpora el artículo 53-b, y se determina que el Consejo de Administración del Fideicomiso aprobará el Reglamento para el Otorgamiento de Créditos y Garantías Recíprocas que deberá contener: los requisitos mínimos de información que debe contener el Registro de Personas Elegibles para acceder a los créditos y garantías recíprocas, el destino del crédito, la forma de pago, etc. 

9. Entrada en Vigencia

La norma rige desde el 30 de junio del 2021.

Fuente: Diario Oficial 24/06/21

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