Como es de público conocimiento, el impuesto diferido es una herramienta tributaria que permite reflejar en los estados financieros las consecuencias fiscales futuras de hechos económicos presentes.
En ese sentido, el impuesto en cuestión consiste en una estimación del tributo que una entidad deberá pagar o dejar de pagar en el futuro, debido a que algunos ingresos y gastos no son gravados o deducibles en el período en el que se reconocen en los estados financieros, pero sí en períodos siguientes.
1. Tratamiento del Impuesto Diferido
El Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Estándares Internacionales e impuestos brindó a través de un video didáctico, las formas de aplicación del Decreto 1311 de 2021, el cual reglamenta el artículo 50 del Decreto Ley 410 de 1971 y establece una alternativa contable para mitigar los efectos del cambio de tarifa del impuesto que generó la Ley de reforma tributaria 2155 de 2021, sobre las cifras de los estados financieros del período gravable 2021.
2. Cálculo del Impuesto Diferido
En adición a lo introducido por el Decreto 1311 de 2021, Mejía también comentó respecto al alcance de la Ley N° 2155 de 2021, la cual incrementó la tasa del impuesto de renta del 31% al 35% para el 2022. Cifra superior al 30% esperado, que se había proyectado en la Ley N° 2010 de 2019.
3. Videos didácticos
Con el objetivo de lograr una explicación clara y precisa, el Dr. Mejía procedió a explicar en una serie de videos interactivos, las novedades introducidas en el Decreto 1311 de 2021 frente al cálculo del impuesto diferido del año gravable 2021 a causa del cambio de tarifa en el impuesto de renta.
Asimismo, a través de un ejemplo práctico, se enseñó cómo determinar la naturaleza activa y la pasiva del impuesto diferido. Adicionalmente, también se señalaron cuáles son los métodos disponibles para ello y en qué consiste cada uno.
Fuente: Actualícese 01/12/21