Antes de crear una empresa, es fundamental saber cuáles son las obligaciones tributarias que debe cumplir. Este diagnóstico previo permitirá a los futuros contribuyentes a tomar decisiones tributarias acertadas, en beneficio del erario público y de ellos mismos, al obtener beneficios fiscales.
Los impuestos a asumir pueden dividirse en tres grupos: nacionales, departamentales y municipales.
- Impuestos nacionales:
- Impuesto sobre la renta y complementario: Grava los ingresos que obtengan durante el año. La tarifa general es de 35% para el 2022.
- Impuesto al valor agregado: Este es un impuesto indirecto sobre la prestación de servicios, venta o importación de bienes. Corresponden tarifas de 19%, 5% y 0%.
- Impuesto nacional al consumo: Grava los sectores de telecomunicaciones, bebidas, comidas y vehículos. Corresponden tarifas de 2%, 4%, 8% y 16%.
- Gravamen a los movimientos financieros: Grava el retiro de fondos de productos financieros como cuentas de ahorros y cuentas corrientes. Corresponde la tarifa de 0,4%.
- Impuestos departamentales:
- Impuesto de registro: Se paga sobre los actos y contratos que deben registrarse en la Cámara de Comercio o en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Corresponde la tarifa de 0,7%.
- Impuesto sobre vehículos automotores: Recae sobre la propiedad o posesión de los vehículos gravados que se encuentren matriculados en determinado departamento, municipio o distrito. La tarifa dependerá de las características del vehículo.
- Impuestos municipales:
- Impuesto de industria y comercio, avisos y tableros: Gravan los ingresos generados por el desarrollo de actividades industriales, comerciales y de servicios que se realicen en cada uno de los municipios o distritos. La tarifa dependerá de cada municipio.
- Impuesto predial unificado: Grava la existencia de apartamentos, edificios, casas, lotes, parqueaderos, bodegas, almacenes y demás bienes inmuebles o predios en la respectiva jurisdicción del municipio o distrito. Las tarifas que, deberá pagar el poseedor, propietario o quien disfrute el bien, varía de 0,5% a 1,6%.
Fuente: El Universal 02/03/22