Fechas de pago en relación a la Declaración de renta

21 de abril de 2022

Con fecha 20 de abril del presente, se publicó en el portal web de “El Tiempo” sobre las fechas de pago y montos en relación a la Declaración de renta. Veamos: 

1. ¿Qué es la declaración de renta?

Es un impuesto anual que los colombianos deben pagarle a la DIAN, monto que se calcula según los ingresos, deudas, compras y propiedades registradas en el año anterior. 

Cada año, la DIAN impone nuevas condiciones para determinar qué usuarios deben declarar renta. Si una persona no registra el monto de ingresos, consumos y patrimonios establecido por la entidad, o entra dentro de las excepciones estipuladas, quedará exonerada de pagar este impuesto. 

2. Exentos del impuesto

Quienes no deben declarar renta son las organizaciones sin ánimo de lucro, las personas que destinen el 80% de sus ingresos brutos a pagos de una relación laboral y/o quienes no tengan responsabilidad en el impuesto a las ventas, IVA. 

3. Ingresos para efectos de declarar renta

La normatividad establece que las personas que en el año 2021 hayan registrado ingresos del respectivo ejercicio gravable, consignaciones bancarias, compras con tarjetas de crédito u otros medios de pago superiores o iguales a $50.831.000, deben declarar renta. 

Asimismo, para quienes hayan registrado patrimonio bruto al término del año gravable igual o superior a $163.386.000, también será obligatorio el pago del impuesto. 

4. Plazo para presentar la declaración de renta

La DIAN anunció que el calendario tributario del 2022 estará abierto desde el 9 de agosto hasta el 19 de setiembre. Dependiendo de los últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), se establecerá un plazo máximo para presentar su declaración. 

Si los dos últimos dígitos de su NIT van desde 01-02 hasta 31-32, deberá presentar su declaración entre el 9 y el 13 de agosto. Para las personas cuya identificación finalice entre 33-34 hasta 75-76, deberán realizar el trámite desde el primero hasta el 30 de setiembre. Si su NIT finaliza en 77-78 hasta 99-00, tendrá plazo de pago entre el 3 y el 19 de octubre. 

5. Sanción de extemporaneidad

Si usted realizó este proceso ante la DIAN después del plazo establecido, tendrá que pagar una sanción de extemporaneidad, la cual respecta al 5% del monto establecido en su declaración. Dicho costo va aumentando todos los meses, por lo que entre más tiempo pase, más grande será la sanción. 

De acuerdo al artículo 642 de la ley, si la declaración de renta del usuario da un valor total a pagar de cero, pero incumplió con las fechas establecidas por la DIAN, la sanción partirá de un costo de $380.000, el cual irá aumentando mes a mes si no se hace el pago a tiempo. 

Fuente: El Tiempo 21/04/22

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