Con fecha 25 de abril del presente, se publicó en el portal web de “Semana” sobre los descuentos de salud y pensión que aplica a los sueldos mensuales de los colombianos. Veamos:
1. Tope máximo de base de aportes a la seguridad social
Según se comenta en el portal web citado, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, en la actualidad el tope o monto máximo de la base de aportes a la seguridad social corresponde a los 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
2. ¿Quién es el encargado de afiliar a los trabajadores?
Para los contratos laborales, el encargado de afiliar a los trabajadores a la seguridad social en Colombia es el empleador. Por esto deberá diligenciar el formulario de afiliación a salud, pensiones, riesgos laborales y de cajas de compensación familiar, como indica el Ministerio de Trabajo.
3. ¿Cuáles son los aportes que realizan los trabajadores?
APORTE PARA PENSIÓN: El aporte legal para pensión es de 16 %, este porcentaje está dividido entre el 12 % que debe pagar el empleador, es decir la organización o empresa que contrata al empleado; y el 4 % que deberá pagarlo directamente el trabajador y que se le descuenta en el momento de recibir su salario.
Ejemplo: Si el trabajador recibe un salario mínimo legal vigente ($1′000.000) como sueldo, el descuento deberá ser de $40.000 por cada mes trabajado dentro del contrato laboral.
Hay que tener presente que las personas que ganen más de cuatro SMMLV tendrán que aportar un 1 % más para pensión. Si el sueldo supera los 16 salarios mínimos el porcentaje para aportar por el trabajador puede variar entre un 0,2% y 1 % más.
APORTE SALUD: En el caso de los valores de salud, el aporte total es de 12,5 % que estará dividido entre el 8,5 % que debe pagar el empleador y el 4 % que pagará el empleado a través del descuento en su salario mensual. Por esto, si el trabajador recibe un salario mínimo cada mes, tendrá que pagar por su salud un total de $40.000.
Por lo anterior, hay que tener muy presente que el descuento total de pensión y salud debe ser el 8 % del salario del trabajador en cada mes. Ya en casos de ARL y cobros a cajas de compensación, deberá asumirlo directamente el empleador.
4. Digitalización actual
A la actualidad, gracias a la transformación digital impuesta en medio de la pandemia, ahora se encuentran servicios más ágiles y personalizados. Porvenir, por ejemplo, dispone de servicios ciento por ciento digitales, como la solicitud de la pensión, el retiro de cesantías y la plataforma de afiliación digital Porvenir Clic. Otro fondo que lanzó propuestas tecnológicas es Skandia Colombia.
Fuente: Semana 26/04/22