Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo

10 de marzo de 2022

Con fecha 3 de marzo del presente, la DIAN emitió la Resolución Número 000029 de 2022 por la cual se prescribe el Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2021”. Veamos: 

1. Agentes de retención

De acuerdo al Artículo 378 del Estatuto Tributario establece que los agentes de retención en la fuente deberán expedir anualmente a los asalariados, un Certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente al año gravable inmediatamente anterior, según el formato que prescriba la DIAN. 

2. Certificado de ingresos y retenciones

Se prescribe el Formulario N° 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año gravable 2021”, el cual podrá ser producido por las diferentes casas impresoras o diseñado por los empleadores o contratantes de servicios personales para ser expedido por computador, siempre y cuando se conserve la distribución y el contenido de la información exigida. 

3. Características necesarias

Que se hace necesario separar los conceptos referentes a las cesantías e intereses de cesantías efectivamente pagadas al empleado (casilla 46) y a las cesantías consignadas al fondo de cesantías 8casilla 47), lo anterior en aplicación del numeral 3 al artículo 27 del Estatuto Tributario. 

4. Vigencia de la norma

La norma rige desde el 3 de marzo del 2022. 

Fuente: Diario Oficial 10/03/22

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