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Beneficios tributarios para empresas que contraten población vulnerable

Mintrabajo y la DIAN aprobaron la cartilla de 20 beneficios tributarios para las empresas que contraten a población en condición de pobreza y de vulnerabilidad.

Con fecha 3 de agosto del 2021, se publicó en el portal de “El Espectador”, sobre los beneficios para las empresas que contraten población vulnerable, que de acuerdo al Mintrabajo se aprobó, los cuales son:

1. Contexto normativo

El Ministerio de Trabajo, Prosperidad Social y la DIAN socializaron la cartilla de 20 beneficios tributarios para las empresas que contraten a población en condición de pobreza y de vulnerabilidad. Con ello se incentiva también la generación de alianzas entre el sector público y privado en proyectos de empleo.

2. Tarifa de impuestos sobre la renta

Según el Mintrabajo, existen beneficios en la tarifa de impuestos sobre la renta para las micro y pequeñas empresas (25%) y medianas y grandes empresas (50%) para nuevas sociedades que inicien actividades en zonas más afectadas por el conflicto armado (ZOMAC).

Además, se cuenta con beneficios en la tarifa de impuestos sobre la renta del 0% para las nuevas sociedades que inicien sus actividades en la Zona Económica y Social Especial (ZESE) en los departamentos de La Guajira, Norte de Santander, Arauca y las ciudades capitales de Armenia y Quibdó.

3. Beneficio de exenciones

La cartilla tiene beneficios de exenciones para los desarrollos de la economía naranja, explotación de fuentes novedosas de producción de energía y comercialización, cuidado del medio ambiente, vinculación de personas en situación de discapacidad y mujeres víctimas de la violencia.

4. Deducciones

La cartilla también contiene deducciones para los empleadores que contraten población con discapacidad del 200% en pagos salariales y aportes a seguridad social y del 120% para los empleadores contribuyentes que contraten población joven entre 18 y 28 años, como primer empleo.

Asimismo, habrá deducción para empleadores que contraten adultos mayores (mujeres desde 57 años y hombres a partir de 62 años) del 120% sobre el impuesto a la renta del valor de los salarios y prestaciones sociales, y deducción en el caso que contraten mujeres víctimas de la violencia del 200% sobre el impuesto a la renta del valor de los salarios y prestaciones sociales.

Por otro lado, habrá deducción del 100% por contribuciones a educación de los empleados e hijos menores de 7 años en Instituciones avaladas por el Ministerio de Educación.

5. Exoneraciones

Se dispone la exoneración del 4% sobre el aporte a las Cajas de Compensación Familiar para los empleadores contribuyentes que generen nuevos empleos para contratar jóvenes entre 18 y 28 años.

6. Incentivo económico

Se dispone el incentivo económico para los empleadores contribuyentes que contraten trabajadores adicionales jóvenes entre 18 y 28 años en los meses de julio a diciembre de 2021, del 25% de un salario mínimo.

Fuente: El Espectador 04/08/21

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