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COLOMBIA: Modificación Del Programa Colombia Mayor

Mediante Resolución N° 0880 de 2020, publicado en el Diario Oficial de la República de Colombia con fecha 5 de abril del 2020, se modifica el Artículo 1 y 2 de la Resolución 852 del 30 de marzo de 2020, en relación a los BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA COLOMBIA MAYOR.

¿QUÉ ESTABLECE LA RESOLUCIÓN 852 DEL 30 DE MARZO DEL 2020?

Establece un pago adicional y anticipado a los beneficiarios del Programa de Protección Social al Adulto Mayor hoy Colombia Mayor, en virtud de la emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el gobierno nacional mediante Decreto 417 del 17 de marzo del 2020. Dichos pagos son correspondientes al periodo de abril por el monto de ciento sesenta mil pesos ($160,000) con las siguientes fuentes de financiación: $80,000 del Fondo de Solidaridad Pensional y del Presupuesto General de la Nación y $80,000 de los recursos destinados por el Gobierno Nacional.

MODIFICACIÓN RECIENTE:

  • Se modifica el Artículo 1 de la Resolución 852, lo cual autoriza de manera anticipada y por única vez al Administrador Fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional (FIDUAGRARIA S.A.), generar las nóminas de los subsidios económicos del Programa Colombia Mayor correspondiente a los meses de abril y mayo del 2020.
  • El valor de $80,000 programado para el mes de abril será programado y pagado por parte de FIDUAGRARIA S.A. en el mes de mayo.
  • Se modifica el Artículo 2 de la Resolución 852, el cual establece que, los recursos para el pago anticipado y en un único pago de la nómina mes de abril y mayo por $160,000 serán financiados con los recursos del Fondo de Solidaridad Pensional.

ENTRADA EN VIGENCIA:

Durante el tiempo de duración del Estado de Emergencia.

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