Con fecha 24 de diciembre del 2020, se publica en el Diario Oficial de Chile, el Decreto N° 664 por el cual se aprueba el Reglamento que fija los criterios para la asignación y establece el mecanismo de distribución de los recursos recaudados según lo establecido en el artículo trigésimo segundo de la Ley N° 21.210, que moderniza la legislación tributaria.
1. Fondo de Contribución Regional
El Fondo de Contribución Regional estará compuesto por los recursos que se recauden por la contribución, durante el periodo que corresponda y se asignarán a este mediante la Ley de Presupuestos correspondiente al año siguiente de su recaudación efectiva. El Fondo tiene por objeto contribuir al desarrollo regional a través del financiamiento de iniciativas de inversión y obras de desarrollo local o regional.
2. Asignación de Recursos a Gobiernos Regionales
Los recursos que se asignen se incorporarán a los presupuestos de inversión de los gobiernos regionales respectivos, para destinarlos a la ejecución de su cartera de proyectos de inversión.
3. Asignación de Recursos a los Municipios
Los recursos que les correspondan a las comunas serán transferidos a la municipalidad respectiva, a más tardar el 30 de abril, por la Tesorería General de la República, previa instrucción de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para el financiamiento de las iniciativas de inversión que les sean adjudicadas, previo concurso que será convocado por el gobierno regional respectivo.
4. Entrada en Vigencia
La norma rige desde el 24 de diciembre del 2020.
Fuente: Diario Oficial 24/12/20