El 6 de marzo de 2025, el Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile emitió la Resolución Exenta N° 30, la cual establece una nueva nómina de territorios o jurisdicciones que poseen regímenes fiscales preferenciales, conforme al artículo 41 H de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
¿Qué es un régimen fiscal preferencial?
Un territorio o jurisdicción se considera que tiene un régimen fiscal preferencial si cumple simultáneamente con dos condiciones:
- No ha suscrito con Chile un convenio que permita el intercambio de información para fines tributarios, o el convenio existente no está vigente o presenta limitaciones que impiden un intercambio efectivo de información.
- No es considerado como cumplidor o sustancialmente cumplidor en materia de transparencia e intercambio de información con fines fiscales, según las evaluaciones del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Implicancias para los contribuyentes
La inclusión de una jurisdicción en esta lista tiene consecuencias significativas para los contribuyentes chilenos que realicen operaciones con entidades domiciliadas en dichos territorios. Estas operaciones pueden estar sujetas a normativas más estrictas y a una mayor fiscalización por parte del SII, con el objetivo de prevenir la evasión y elusión fiscal.
A partir del 1 de enero de 2025, las empresas que operen con jurisdicciones en la nómina deberán cumplir con las obligaciones de Precios de Transferencia, incluyendo la presentación de los formularios 1907 y 1951 en junio de cada año.
Los principales cambios que rigen a partir del 01 de enero de 2025 son:
- Bolivia se incluye en la lista, impactando las obligaciones en Precios de Transferencia.
- Hong Kong es excluido, reflejando cambios en su clasificación.
- Nuevos criterios de transparencia fiscal y declaración de operaciones con estos territorios.
Actualizaciones y consultas
La nómina establecida en la resolución será publicada en el sitio web del SII y se actualizará conforme a cambios en las fuentes de información. Además, los contribuyentes pueden solicitar aclaraciones sobre la situación particular de un territorio o jurisdicción en una fecha específica, dirigiéndose a la Dirección Regional correspondiente a su domicilio o a la Dirección de Grandes Contribuyentes, según corresponda.
Conclusión
Esta actualización refleja el compromiso de Chile con la transparencia fiscal y la cooperación internacional. Es fundamental que las empresas y contribuyentes chilenos se mantengan informados sobre estas modificaciones para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y evitar posibles sanciones.
¡Mantente informado y cumple con tus obligaciones tributarias!
Para más detalles, puedes consultar la Resolución Exenta N° 30 en el sitio web oficial del SII.
Fuente: SII