La Oficina de Aduanas del Servicio de Impuestos de Sudáfrica ha puesto en la mira el impacto que tienen los ajustes de fin de año de los precios de transferencia en el valor de los bienes importados. En ese sentido, se requiere notificación previa de dichos ajustes de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Impuestos y Aduanas Especiales para evitar sanciones.
Papel del SARS
La autoridad aduanera de Sudáfrica es responsable de garantizar que el valor de los bienes importados refleje con precisión todos los elementos de costos imponibles. La base principal para la valoración en aduana de las mercancías importadas es el «valor de transacción”, la cual se define como «el precio efectivamente pagado o por pagar por las mercancías vendidas para la exportación en la República».
Procedimiento
Las multinacionales que realizan ajustes de fin de año de precios de transferencia para alinear los márgenes de beneficio obtenidos con un rango objetivo de plena competencia deben revelar esto en su declaración de impuestos sobre la renta para el año de evaluación correspondiente.
Después de esta divulgación, las multinacionales a menudo se ven abrumadas por las solicitudes del SARS para obtener más información sobre estos ajustes. Las empresas multinacionales deben asegurarse de que el valor de transacción declarado no se vea influenciado indebidamente por la relación entre filiales. En otras palabras, las circunstancias que rodean la venta entre el comprador y el vendedor relacionados deben satisfacer el principio de plena competencia.
Sección 41 (4) de la Ley de Impuestos y Aduanas Especiales
La sección 41(4) de la Ley requiere que se notifique con anticipación al SARS cualquier ajuste realizado en términos de cláusulas de revisión de precios en una política de precios de transferencia aplicable.
Un ajuste de fin de año que se realiza con fines impositivos sin un ajuste de precio de factura real puede ser interpretado por la Aduana como una manipulación de precios. Por lo tanto, cualquier nota de crédito o débito que sea recibida por el contribuyente (el importador) de su proveedor relacionado para efectuar un ajuste de fin de año de precios de transferencia deberá ser presentada al SARS dentro del mes siguiente a su recepción.
Labor de las multinacionales
Para evitar un proceso de investigación prolongado y multas, instamos a las multinacionales a:
- preparar y mantener una política de precios de transferencia, que explique con precisión los ajustes y la información relacionada con las transacciones con partes relacionadas y los criterios o fórmulas que se deben aplicar para establecer el valor de transacción de los bienes importados; y
- notificar a la Aduana del SARS con anticipación la existencia de dicha política y los posibles efectos que las cláusulas de revisión de precios puedan tener sobre el valor en aduana de las mercancías importadas.
Fuente: webberwentzel.com