Con fecha 24 de febrero de 2023, la Receita Federal de Brasil publicó la Instrucción Normativa Nº2.132, que establece la regulación de la elección del contribuyente para aplicar las Nuevas Reglas de Precios de Transferencia previstas en la Medida Provisional Nº1.152, de fecha 28 de diciembre de 2022, a las operaciones controladas en 2023.
Antecedentes
La Autoridad Fiscal brasileña publicó un proyecto de ley para alinear las reglas de precios de transferencia con las Directrices de Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales Administraciones Tributarias de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) el 28 de diciembre de 2022.
La Medida Provisional 1.152/2022 modificó sustancialmente la legislación tributaria y las normas de precios de transferencia de Brasil.
Cambios para el 2024
Los contribuyentes brasileños pueden optar por adoptar las nuevas reglas para el año fiscal 2023, pero la aplicación pasa a ser obligatoria para 2024.
Es probable que aumente la presión sobre los grupos multinacionales, por lo cual mitigar los riesgos y aprovechar las oportunidades relacionadas con el nuevo sistema brasileño de precios de transferencia requerirá una evaluación detallada.
La preparación de una evaluación inicial es importante para los grupos multinacionales que adoptarán el nuevo sistema. El nuevo régimen de precios de transferencia se analiza en detalle a continuación:
1.Métodos de Precios de Transferencia
El método de margen neto transaccional (TNMM) y los métodos de división de ganancias se incorporan a las nuevas reglas. En consecuencia, se permitirá que los métodos transaccionales estén disponibles en Brasil.
De acuerdo con las normas vigentes, los contribuyentes son libres de elegir el método más conveniente. Sin embargo, bajo las nuevas reglas, el método más apropiado sería el que proporcione la determinación más confiable de los términos y condiciones que se acordarían entre partes no relacionadas en una transacción comparable.
2. Operaciones comparables
Respecto a la delimitación de las transacciones controladas, esta medida provisional introduce el análisis de los hechos y circunstancias de la operación considerando los roles y riesgos económicos de las partes.
Por otro lado, en relación al análisis de comparabilidad, se llevaría a cabo una comparación entre los términos y condiciones de la operación vinculada con los términos y condiciones que se hubieran establecido entre partes no relacionadas, considerando las características económicas, fecha de la transacción, disponibilidad de información y otros factores.
3. Ajustes de precios de transferencia y penalidades
La medida provisional introduce ajustes secundarios para evitar el traslado de beneficios a otros países. Finalmente, estarían disponibles los ajustes compensatorios, los que resulten de las resoluciones de disputas previstas en los convenios de doble tributación.
Asimismo, introduce sanciones específicas de precios de transferencia, con un mínimo de R$ 20.000 y un máximo de R$ 5 millones. Estas serían las causales de sanción:
- La falta de presentación oportuna de una planilla u obligación similar incurriría en una multa del 0.2% de los ingresos brutos por mes;
- La presentación de información inexacta o incompleta, o la omisión de información estaría sujeta a una sanción del 5% del valor de la transacción o del 0.2% de los ingresos consolidados del grupo multinacional;
- La presentación de una declaración que no cumpla con los requisitos legales para presentar una obligación accesoria estaría sujeta a una multa del 3% de los ingresos brutos.
- La falta de presentación oportuna de información o documentación durante una auditoría estaría sujeta a una sanción del 5% del valor de la transacción.
Finalmente, se introducen reglas para transacciones en específico como commodities, intangibles, servicios intragrupo, acuerdos de costos compartidos, reestructuración empresarial y operaciones financieras.
Fuente: Bloomberg Tax 20/03/23