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Nueva regulación para la adopción de las nuevas reglas de Precios de Transferencia

Con fecha 28 de septiembre de 2023, la Secretaría de Ingresos Federales de Brasil (RFB) emitió la Instrucción Normativa Nº2161/2023, que regula el nuevo régimen de precios de transferencia a las transacciones entre empresas brasileñas y partes relacionadas en el exterior, establecidas en la Ley 14.596/23. 

Con fecha 28 de septiembre de 2023, la Secretaría de Ingresos Federales de Brasil (RFB) emitió la Instrucción Normativa Nº2161/2023, que regula el nuevo régimen de precios de transferencia a las transacciones entre empresas brasileñas y partes relacionadas en el exterior, establecidas en la Ley 14.596/23. 

Contenido 

La Instrucción Normativa Nº2161/2023 cubre disposiciones generales, incluyendo el principio de plena competencia, operaciones controladas, partes relacionadas, entre otros. Asimismo, contiene disposiciones sobre métodos de precios de transferencia, requisitos de documentación, incluidos el Archivo Local y Archivo Maestro.  

Ámbito de aplicación 

Estas normas afectan al cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Empresas (IRPJ) y de la Contribución Social sobre los Beneficios Netos (CSLL) para empresas domiciliadas en Brasil, pero también a las transacciones realizadas por empresas brasileñas con entidades caracterizadas en los casos previstos en los artículos 24 y 24-A. de la Ley nº 9.430/1996. 

Plazo  

La Instrucción Normativa Nº2161/2023 extiende el plazo para que los contribuyentes opten por la adopción anticipada de los lineamientos de precios de transferencia de la OCDE hasta el 31 de diciembre de 2023. Esta adopción anticipada deberá formalizarse a través del e-CAC y podrá realizarse entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de diciembre de 2023. 

Esto significa que las empresas multinacionales que operan en Brasil todavía tienen tiempo para analizar la opción de estrategia óptima de precios de transferencia para el año fiscal 2023.  

A partir del año 2024, las nuevas reglas de precios de transferencia son obligatorias.  

Fuente: Orbitax

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