Actualización tributaria del Trabajo por Cuenta Propia (TCP)

30 de septiembre de 2021

Con fecha 29 de setiembre de 2021, se publicó en el portal web “invasor”, sobre la actualización del marco tributario del Trabajo por Cuenta Propia (TPC).

1. Modificaciones tributarias

Como se sabe, en la Gaceta Oficial No. 94 de agosto de 2021, se aprobaron decretos y/o resoluciones que modifican y actualizan el ámbito de actuación de los trabajadores por cuenta propia (TCP), las Cooperativas no Agropecuarias y las recién aprobadas micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES).

2. Cambios en los TPC

De acuerdo a la especialista Sayli Sosa, entre esas modificaciones están los cambios en la tributación para los TCP, tanto los acogidos al régimen simplificado como al general. Comenta que, Marilyn Aragón Aragón, comunicadora institucional de la Oficina Nacional Tributaria (ONAT) en la provincia, explicó que, en el caso del régimen simplificado, en el que se reúnen las actividades de menor complejidad, se realizará el pago unificado de los impuestos sobre las Ventas o sobre los Servicios y sobre los Ingresos Personales, a través del aporte trimestral de cuotas consolidadas mensuales.

3. Requisitos para el pago unificado

En relación a lo mencionado, sería requisito que el TCP no tenga trabajadores contratados y sus ingresos anuales no sobrepasen los 200 000.00 pesos. Asimismo, los TCP que tributan de conformidad con el régimen simplificado están sujetos al pago de cuotas consolidadas, consistentes en el 20% de los ingresos obtenidos, después de deducir 3 260.00 pesos cubanos, monto reconocido como mínimo exento mensual.

4. Plazo de acogimiento al régimen simplificado

Se tiene hasta el 31 de diciembre para la solicitud para acogerse al régimen simplificado; en caso de no presentarse a las oficinas municipales se pasan automáticamente al régimen general.

Cabe precisar que, los incluidos en el Régimen General de Tributación quedan obligados a abrir y operar una cuenta bancaria en una sucursal de un banco comercial, que debe mantener un saldo mínimo de 3 000.00 pesos cubanos. 

5. Pago anticipado de impuesto sobre los ingresos personales

Es importante recordar que es necesario realizar el pago anticipado por concepto del Impuesto sobre los ingresos personales, a través de una cuota mensual consistente en el 5% de los ingresos obtenidos en el mes. 

Asimismo, el régimen general mandata el pago mensual de los Impuestos sobre las Ventas y sobre los Servicios, aplicando un tipo impositivo del 10% sobre los ingresos mensuales obtenidos.

6. Régimen especial de seguridad social

De acuerdo a la especialista Sayli Sosa, en lo relativo al régimen especial de seguridad social para los TCP, el Decreto-Ley 48 introduce como novedad que no están obligados a afiliarse el cónyuge y los familiares de los TCP, hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, que participan en el ejercicio de la actividad.

La contribución de los afiliados es del 20% de la base de contribución seleccionada por este, tomando como referencia una escala que va de 2 000.00 a 9 500.00 pesos.

Fuente: Invasor 30/09/21

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