Asignación de Código Único de Identificación Laboral y Tributaria

10 de junio de 2021

Con fecha 10 de junio del 2021, se publica en el Boletín Oficial de Argentina, la Resolución General Conjunta N° 5007/2021, por la cual especifican sobre la asignación de claves, conforme lo siguiente:

1. Antecedente Normativo

  • Que, mediante la Resolución General Nº 2.700 de la DGI se implementó un código único tributario, cuya denominación ha sido Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
  • Que, posteriormente, la DGI y luego la AFIP, para identificar a las personas humanas, en determinadas circunstancias, crearon la Clave de Identificación (CDI), la Clave de Inversores del Exterior (CIE) y la Clave de Identificación Especial, respectivamente.
  • La asignación del Código Único de Identificación Laboral (CUIL) se obtiene ante la presentación de la persona trabajadora en forma personal o por intermedio de sus empleadores, ante la ANSES, que actuará a tal efecto como agente del Sistema Único de Registro Laboral.

2. Prefijo para Asignación de Diferentes Códigos

Establecer que el prefijo utilizado para la asignación de los números del Código Único de Identificación Laboral (CUIL), Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Clave de Identificación (CDI), Clave de Inversores del Exterior (CIE) y Clave de Identificación Especial, de las personas humanas -sea 20, 23, 24 o 27 o los que en el futuro se determinen-, por parte de la ANSES y de la AFIP, respectivamente, se asignará de forma aleatoria siendo el mismo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género.

3. Sustitución de Clave

Las personas amparadas por la Ley de Identidad de Género N° 26.743 que, a la fecha de vigencia de la presente, posean Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), podrán solicitar -por única vez- su sustitución por una clave otorgada en los términos de la presente norma.

4. Vigencia de Asignación de Claves

Lo establecido en el numeral 2 (líneas arriba) entrará en vigencia a los 180 días de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución N° RESOL-2021-286-APN-MT, de modo simultáneo en la ANSES y la AFIP, una vez que ambos organismos hayan adaptado sus sistemas, y resultará de aplicación para los Códigos Únicos de Identificación Laboral (CUIL), Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT), Claves de Identificación (CDI), Claves de Inversores del Exterior (CIE) y Claves de Identificación Especial que se asignen a partir de dicha adecuación.

5. Entrada en Vigencia

La norma regirá una vez que la Comisión de Trabajo establezca los mecanismos y plazos para su implementación.

Fuente: Boletín Oficial 10/06/21

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