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Suspensión a la Exclusión de Pleno Derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

Mediante la Resolución General No. 4896 de 2020, la AFIP ha dispuesto extender el procedimiento para la exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago a los contribuyentes que pertenezcan al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

1. Periodo de Suspensión

Se decide extender hasta el día 4 de enero de 2021, suspender el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Asimismo, se extiende la suspensión transitoria, respecto del mes de diciembre de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática.

2. Medidas Dispuestas

LAs presentes medidas han sido dispuestas debido al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.033 del 20 de diciembre de 2020, el cual extendió el referido aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 31 de enero de 2021, inclusive, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas, que no cumplan positivamente con determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios, al tiempo que para las restantes jurisdicciones se estableció la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

Con lo cual resulta pertinente extender las suspensiones mencionadas.

3. Vigencia

La presente resolución surte efecto a partir del 30 de diciembre de 2020.

Fuente: Boletín Oficial 30/12/20

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