Mediante la Resolución General No. 4896 de 2020, la AFIP ha dispuesto extender el procedimiento para la exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago a los contribuyentes que pertenezcan al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
1. Periodo de Suspensión
Se decide extender hasta el día 4 de enero de 2021, suspender el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Asimismo, se extiende la suspensión transitoria, respecto del mes de diciembre de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática.
2. Medidas Dispuestas
LAs presentes medidas han sido dispuestas debido al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.033 del 20 de diciembre de 2020, el cual extendió el referido aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 31 de enero de 2021, inclusive, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas, que no cumplan positivamente con determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios, al tiempo que para las restantes jurisdicciones se estableció la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
Con lo cual resulta pertinente extender las suspensiones mencionadas.
3. Vigencia
La presente resolución surte efecto a partir del 30 de diciembre de 2020.
Fuente: Boletín Oficial 30/12/20