Publican disposiciones sobre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

19 de julio de 2021

Mediante la Resolución General N° 5028/2021, publicada el 15 de julio, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció el plazo para la recategorización de contribuyentes, sujetos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. (RS)

1. Antecedente Legislativo

A través de la Ley N° 27.618 y el Decreto N° 337 del 24 de mayo de 2021, se establecieron y reglamentaron una serie de medidas de carácter transitorio y otras de vigencia permanente, vinculadas a la permanencia de los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), regulado en el Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, o a su traspaso al Régimen General de determinación e ingreso de tributos.

2. Plazos de recategorización

Según se señala, la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2021 podrá efectuarse a partir del 28 de julio de 2021 y hasta el 17 de agosto de 2021, ambas fechas inclusive. Asimismo, dicha recategorización tendrá efectos para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

Por otro lado, respecto la obligación de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) correspondiente al período devengado agosto de 2021, se podrá efectuar hasta el día 27 de agosto de 2021, inclusive.

Finalmente, en caso se trate de sujetos que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito, el referido débito se efectuará el día 27 de agosto de 2021, a efectos de posibilitar el pago por los importes correspondientes.

Fuente: La Diaria Política 19/07/21

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