A través de la Resolución General N° 5052/2021, la Administración Federal de Ingresos Publicos amplió el plazo de procedimientos de suspensión de determinados juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares.
1. Prórroga de plazos
La normativa señala que se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2021, la suspensión de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, establecida por el artículo 1° de la Resolución General N° 4.936 y sus complementarias.
Por otro lado, hasta el mismo periodo (30/11/2021) se extenderá también la suspensión de la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja, con los alcances previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.936 y sus complementarias.
2. Exoneración de la norma
Las suspensiones previstas en la sección previa no serán de aplicación respecto de los montos reclamados en concepto del aporte solidario y extraordinario dispuesto por la Ley N° 27.605, así como del impuesto sobre los bienes personales establecido por el Título VI de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
Fuente: Boletín Oficial 26/08/21