Logo TPC Group
  • Español
  • Português
  • English

Jurisprudencia que fortalece la fiscalización del Estado

Caso “Molinos Río de la Plata” brindó un fallo que fortalece la capacidad de fiscalización del Estado.

A través del portal web “Columnistas”, la directora de fiscalidad internacional de la AFIP, Verónica Grondona, comentó la decisión de la corte suprema en el caso “Molinos Rio de la Plata”, puesto que su fallo fortalece la capacidad de fiscalización del Estado. Esto se debe a que, la decisión aporta jurisprudencia sobre la capacidad de la AFIP para analizar, fiscalizar y, eventualmente, cuestionar planificaciones fiscales agresivas como una forma de combatir la elusión.

1. Antecedente del Caso

Según comenta la nota web, la empresa Molinos Río de la Plata había constituido una sociedad holding (sociedad conducto) bajo la norma N° 19.840, de plataformas de inversión, de Chile. Dicha sociedad pasó a ser titular de acciones de otras sociedades radicadas en Uruguay y Perú, en las que hasta ese momento su socio mayoritario había sido Molinos Río de la Plata.

De la manera expuesta, las compañías en Uruguay y Perú dejaron de remitir sus rentas directamente a la contribuyente argentina, ya que comenzaron a girarlas al holding en Chile, que luego las remitía a la compañía en Argentina. En razón de lo dispuesto por el tratado vigente en dicho momento, tales dividendos sólo podían ser objeto de imposición en Chile, en fuente, donde se domiciliaba la sociedad que los distribuyó. Sin embargo, no tributaban el Impuesto a la Renta chileno, porque se encontraban eximidas las rentas de fuente extranjera de las sociedades de plataforma de inversión constituidas en Chile.

Con dicho movimiento, se concluyó que el fin para dicho planeamiento radicaba en generar una estrategia que permita aprovechar un régimen promocional en conjunto con un convenio suscripto para evitar la doble imposición para no pagar impuestos.

2. Fallo del caso

La Corte Suprema tomo en consideración los hechos expuestos y decidió fallar en favor de la “Realidad Económica” ya que, en figuras específicas, el organismo fiscalizador deberá priorizar la realidad económica de los involucrados por encima de las formas jurídicas en las que se expresen dichas formas.

3. Herramientas de Fiscalización

Tras revisar las variables del caso expuesto, la Corte Suprema fortaleció las herramientas argumentativas, al sumarse a la jurisprudencia existente, para combatir la erosión de la base fiscal posibilitada por planificaciones fiscales agresivas.

Entre las distintas herramientas aplicadas se encuentra el aumento de la red de convenios para el intercambio de información y de esa manera, explotar la información que proviene del intercambio automático de información internacional. De esa manera, en adelante, la AFIP contara con mejores herramientas para identificar y prevenir los desfalcos fiscales por parte de los contribuyentes argentinos.

Fuente: Cronista 14/09/21

Noticias Relacionadas