Con fecha 23 de enero del 2021, se publica en el Boletín Oficial de argentina, el Decreto N° 34/2021 por el cual se dispone eximir a empleadores del sector salud de las contribuciones patronales al SIPA:
1. Contexto Normativo
Es importante recordar que, a través del Decreto N° 300/20 se estableció una reducción transitoria del 95 % de las contribuciones destinadas al SIPA para los empleadores y las empleadoras pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud con respecto a determinadas actividades, cuya vigencia ha sido extendida por sucesivas prórrogas hasta el 31 de diciembre de 2020.
2. Garantía del Acceso a la Salud de la Ciudadanía
El sistema de salud, en el contexto de emergencia sanitaria, ha hecho un esfuerzo diferencial y que mediante el compromiso asumido por los establecimientos e instituciones relacionados con la salud se ha logrado garantizar el acceso a la salud de toda la ciudadanía. En ese sentido, resulta importante el apoyo a los prestadores de servicios de salud con el fin de compensar los costos extraordinarios relacionados con el manejo y contención de la pandemia que se extenderán durante todo el año en curso.
3. Eximición de Pago de Contribuciones Patronales
Se dispone eximir, hasta el 31 de marzo de 2021 del pago de las contribuciones patronales que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) creado mediante la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, a los empleadores y las empleadoras pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud, respecto de los y las profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes que presten servicios relacionados con la salud.
4. Entrada en Vigencia
La norma rige desde el 24 de enero del 2021.
Fuente: Boletín Oficial 25/01/21