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Disposiciones aplicables al régimen de contrato de trabajo

Se fijan las asignaciones familiares para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744

A través de la Resolución 11/2021, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, fijó las asignaciones familiares para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional.

1. Asignaciones designadas

La normativa señala que, a partir del 1° de septiembre se establecerán las siguientes sumas de acuerdo a la fecha señalada;

  • A partir del 1° de septiembre de 2021, en $31.104,00 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de $155,52 por hora para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de octubre de 2021, en $32.000,00 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de $160,00 por hora para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de febrero de 2022, en $33.000,00 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de $165,00 por hora para los trabajadores jornalizados.

2. Prestación por desempleo

Por otro lado, respecto los incrementos de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, estos quedarán asignados de la siguiente manera;

  • $8.640 y $14.400, respectivamente, a partir del 1° de septiembre de 2021.
  • $8.889 y $14.815, respectivamente, a partir del 1° de octubre de 2021.
  • $9.167 y $15.278, respectivamente, a partir del 1° de febrero de 2022.
Fuente: Boletín Oficial 27/09/21

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