ARGENTINA: PROCEDIMIENTO PARA SER BENEFICIADO DE PAETP Y NUEVOS PLAZOS DE CONTRIBUCIONES AL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

13 de abril de 2020

Contexto de aprobación de la norma

Que, ante la Situación de Emergencia que afronta el país, se ha evidenciado una disminución de la actividad productiva que afecta de manera inmediata y aguda a las empresas, particularmente a aquellas micro, pequeñas y medianas, por lo que, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 332 del 1 de abril de 2020 se creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (PAETP).

¿Qué establece el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (PAETP)?

Mediante dicho programa se ha dispuesto distintos beneficios, entre ellos la postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de los empleadores que desarrollan actividades económicamente afectadas.

Se ha dispuesto, en relación al PAEPT:

  • Crear el servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, al cual deberán ingresar todos los empleadores a efectos de que, en los casos que así se determine, puedan acceder a los beneficios previstos en el Decreto Nº 332/20 y su modificatorio. A tal efecto, los empleadores deberán ingresar al sitio web con Clave Fiscal, nivel de seguridad 3, como mínimo. Será requisito para acceder al sistema mencionado, poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280.
  • El registro en el Programa será entre los días 9 y 15 de abril de 2020.
  • Entre los días 13 y 15 de abril de 2020, se suministrará aquella información económica relativa a las actividades que el Programa requiera.

Prórroga de vencimiento periodo devengado marzo de 2020:

Los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades publicado en el sitio “web” institucional , gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al SIPA del período devengado marzo de 2020, debiendo realizar el mismo hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se detallan a continuación:

argentina doc 1

Asimismo, se prorroga el vencimiento general de presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado marzo de 2020, conforme el siguiente cronograma:

Argentina doc 2

Entrada en vigencia:

Este 10 de abril del 2020.

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