Amplían plazo para acceder a condonación de deudas

1 de abril de 2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General N°5181/2022, resolvió ampliar los plazos para que los contribuyentes puedan acceder a la moratoria y condonación de deudas previstos en la Ley de Alivio Fiscal, destinada a entidades y organizaciones sin fines de lucro, pymes y pequeños contribuyentes con deudas inferiores a los $100.000. 

1. Antecedentes

Como parte de las medidas en la etapa de recuperación económica, el Gobierno impulsó beneficios impositivos contenidos en la Ley de Alivio Fiscal. Por tal motivo, el Gobierno decidió otorgar más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a las herramientas y cumplir con las obligaciones tributarias, en especial, aquellas entidades y organizaciones sin fines de lucro. 

2. Contenido

Se dispuso que la adhesión a la moratoria podrá realizarse hasta el 29 de abril, mientras que la solicitud para la condonación de deudas estará habilitada del 01 al 18 de abril, al igual que en el caso de los contribuyentes cumplidores.  

La condonación de deudas por hasta $100.000 pueden solicitarlas entidades y organizaciones sin fines de lucro como cooperativas de trabajo, organizaciones comunitarias, entre otras. Asimismo, abarca a monotributistas, pequeños contribuyentes y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el certificado Mipyme. 

3. Solicitud

Para ingresar su solicitud, deberán ingresar a la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas-Título I, Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3. 

La inscripción al plan de facilidades de pago estará habilitada hasta el 29 de abril y permitirá solicitar el beneficio por deudas impositivos, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones vencidas al 31 de agosto de 2021. 

Fuente: Boletín Oficial 01/04/22

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