1. Antecedentes
En octubre de 2013, se promulgó en Angola una legislación específica sobre precios de transferencia. Si bien el Decreto Presidencial 147/13, también conocido como el Estatuto de los Grandes Contribuyentes, se publicó el 1 de octubre de 2013, sus disposiciones deberían aplicarse a los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2014.
La Orden N° 472/14 publicada el 28 de febrero de 2014, modificada por la Orden N° 599/14 de 24 marzo de 2014, brinda información sobre las empresas que operan bajo el régimen de Grandes Contribuyentes Estatuto.
El 25 de septiembre de 2017, el Ministerio de Hacienda emitió la Orden N° 678/17 que crea la Unidad de Precios de Transferencia para velar y controlar el cumplimiento del requisito de presentación de documentos de precios de transferencia.
2. Principio de plena competencia
El principio de plena competencia se rige por la Ley del Impuesto sobre Sociedades, n.º 1, artículo 50, aprobada por la Ley n.º 26/20.
3. Partes relacionadas
Existen relaciones especiales entre dos entidades cuando una tiene el poder de ejercer, directa o indirectamente, una influencia significativa en la dirección de las decisiones de los demás:
- Cuando los administradores o gerentes de una sociedad, así como sus cónyuges, ascendientes y descendientes, ostenten directa o indirectamente una participación no menos del 10% del capital o de los derechos de voto en la otra entidad;
- Cuando la mayoría de los miembros del órgano de administración o dirección son iguales o, siendo personas diferentes, están unidos entre sí por matrimonio, unión de hecho o parentesco en línea recta;
- Cuando las entidades estén vinculadas mediante un contrato de subordinación;
- Cuando se encuentren en relaciones de dominación o participación recíproca, así como vinculados mediante contrato de subordinación, de grupo de paridad u otros;
- Cuando entre uno y otro existan relaciones comerciales que representan más del 80% de su volumen total de operaciones;
- Cuando uno reporta al otro, en más del 80% de su cartera crediticia.
4. Métodos de precios de transferencia
Los métodos de precios de transferencia de Angola siguen los principios básicos establecidos en las Directrices de la OCDE, con la excepción de que solo se utilizan los tres métodos tradicionales para determinar el precio de transferencia de plena competencia.
Los métodos admitidos por la Dirección General de Tributos para determinar y fundamentar el análisis económico de una operación con partes relacionadas son los siguientes:
- Método de Precio Comparable No Controlado
- Método de Precio de Reventa
- Método de Coste Incrementado
5. Documentación de precios de transferencia
Los contribuyentes con ingresos operativos superiores a AOA 7 mil millones y clasificados como grandes contribuyentes deben preparar, mantener y presentar un Estudio de Precios de Transferencia al fisco de Angola dentro de los seis meses siguientes a la finalización del ejercicio fiscal.
La documentación debe prepararse en portugués.
6. Penalidades
Además de asegurar y controlar el cumplimiento de la provisión de documentos de precios de transferencia, la Unidad de Precios de Transferencia de Angola será responsable de la realización de auditorías de precios de transferencia para monitorear el cumplimiento de las transacciones controladas con las reglas de compensación para los contribuyentes cubiertos por el Sistema de Precios de Transferencia de Angola.
Se aplicarían sanciones previstas en la legislación general tributaria. Cuando se operen ajustes de precios de transferencia, las autoridades fiscales están facultadas para aplicar sanciones que van del 50% al 200% del impuesto no pagado, además de sanciones por mora del 2,5% mensual.
Fonte: Angolan Tax Administration 14/07/23