La revista financiera de Panamá, “Martes Financiero”, ha anunciado los cambios a partir de la publicación de la Ley 254, artículo 45, que modifica el Artículo 756 del Código Fiscal. De acuerdo a este nuevo agregado, la sanción por el incumplimiento de la presentación del Reporte País por País ascenderá a $100,000.00 más $5,000.00 diarios hasta que se subsane.
Se elevan multas por Incumplimiento con los Reportes de los Precios de Transferencia
Con el establecimiento de las sanciones relacionadas al Reporte País por País, se eleva significativamente el costo del incumplimiento en materia de documentación de precios de transferencia. Recordemos que ya existían multas de hasta $10,000 ante la omisión de la obligación de las empresas panameñas, pertenecientes a un grupo multinacional, sujeto al ámbito de aplicación del Reporte País por País, que tenga casa matriz en otra jurisdicción, de notificar la identidad informante del grupo multinacional y la residencia fiscal en el Portal de Intercambio de Información de la Dirección General de Ingresos.
Estas multas elevadas para grupos multinacionales operativos en Panamá ante el incumplimiento de reportes de los Precios de Transferencia significan un régimen de control fiscal más activo y por ello, es necesario contar con servicios especializados en materia de precios de transferencia para evitar errores y multas cuantiosas.
Fuente: Martes Financiero 24/12/21