Es necesario tener presente las obligaciones fiscales para aquellas entidades, cuyo ejercicio sea el año natural, con el fin de garantizar su cumplimiento, prevenir sanciones y el pago de multas. Por ello, JDA/SFAI, a través de su blog Actualidad Fiscal, hace un recuento de aquellas obligaciones a cumplir antes del fin de año respecto a precios de transferencia.
Impuestos sobre Sociedades: Precios de Transferencia
En materia de precios de transferencia, las empresas deberán presentar el Modelo 231 (declaración de información país por país) o una comunicación específica, según el caso en concreto:
- La obligación de presentar el Modelo 231 afecta a las empresas que pertenezcan a un grupo con más de 750 millones de euros de cifra de negocios a nivel mundial en el periodo impositivo anterior a aquel del que se informa. La presentación de este modelo se deberá realizar de forma virtual.
- Las entidades del grupo que no estén obligadas a presentar el informe país por país en España, deberán comunicar a la Administración cuál será la sociedad de dicho grupo no residente en España que, deberá presentarlo y en qué país lo hará. Si existen varias entidades dependientes residentes en territorio español, se puede designar por el grupo multinacional a una de ellas para presentar la comunicación, siendo la única obligada a dicha presentación.
Fuente: JDA/SFAI 27/12/21