Costa Rica oficializa nueva Declaración Informativa de Precios de Transferencia

30 de julio de 2025

Costa Rica oficializa nueva Declaración Informativa de Precios de Transferencia

Nuevas obligaciones para grandes contribuyentes y empresas en Zona Franca 

Con el fin de reforzar el control fiscal y asegurar el cumplimiento del principio de libre competencia, la Dirección General de Tributación de Costa Rica emitió la Resolución N° MH-DGT-RES-0026-2025, mediante la cual establece la obligación de presentar la Declaración Informativa Anual de Precios de Transferencia a través del Sistema Integrado de Gestión Tributaria TRIBU-CR. 

Esta disposición se enmarca en la implementación de herramientas tecnológicas promovidas por el proyecto Hacienda Digital para el Bicentenario, con apoyo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, cuyo objetivo es modernizar la gestión tributaria y facilitar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes. 

¿Quiénes están obligados a declarar? 

De acuerdo con el artículo 2 de la resolución, deben presentar esta declaración informativa los siguientes contribuyentes: 

  • Grandes contribuyentes nacionales que realicen operaciones con partes vinculadas, sean nacionales o transfronterizas. 
  • Empresas bajo el régimen de Zona Franca que realicen operaciones con partes vinculadas, sean nacionales o transfronterizas. 
  • Contribuyentes que realicen operaciones con vinculadas y que en conjunto o por separado superen los 1,000 salarios base en el año fiscal correspondiente. 

 Plazos y formato de presentación 

La declaración informativa deberá presentarse en los seis meses siguientes al cierre del período fiscal autorizado por el contribuyente. Para el período fiscal 2024, el plazo específico es hasta el 30 de noviembre de 2025. 

El formulario respectivo estará disponible exclusivamente en la Oficina Virtual del sistema TRIBU-CR, tal como lo indica la Resolución General Nº MH-DGT-RES-0017-2025. Este formulario podrá ser actualizado por la Administración sin necesidad de emitir una nueva resolución, siempre y cuando se publique con al menos un mes de anticipación. 

Sanciones por incumplimiento 

El no presentar la declaración en el plazo establecido será considerado una infracción administrativa conforme al artículo 83 del Código Tributario, y conllevará sanciones según los artículos 150 del Código y 268 bis del Reglamento de Procedimiento Tributario. 

Modernización y control fiscal digital 

Con esta resolución, la Administración Tributaria de Costa Rica reafirma su política de digitalización y fiscalización inteligente, promoviendo la transparencia en las operaciones entre partes vinculadas y garantizando una correcta determinación del impuesto sobre las utilidades. 

El uso del sistema TRIBU-CR no solo fortalece el control tributario, sino que también facilita el proceso para los contribuyentes mediante un canal unificado, moderno y accesible. 

Call to Action

¿Tienes operaciones con partes vinculadas en Costa Rica? 

Revisa si estás obligado a presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia y prepárate con anticipación para cumplir con los requerimientos del sistema TRIBU-CR.

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Fuente: 

Resolución N° MH-DGT-RES-0026-2025 – Ministerio de Hacienda de Costa Rica. Publicada el 10 de julio de 2025. 

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